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auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 001-2023-91792-01 MAG. RICARDO ACOSTA BUITRAGO - AUTO RESUELVE RECURSO DE REPOSICION

Sala: SALA CIVIL

Ponente: Ricardo Acosta Buitrago

Bogotá, D. C., veintiséis (26) de julio del dos mil veinticuatro (2024) MAGISTRADO SUSTANCIADOR: RICARDO ACOSTA BUITRAGO DEMANDANTE DEMANDADO COLOMBIA MOVIL S.A. COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. ESP BIC- MOVISTAR S.A. CLASE DE PROCESO VERBAL DE COMPETENCIA DESLEAL Se negará el recurso de reposición incoado por la demandante contra la determinación proferida el 20 de junio del año en curso, a través del cual se modificó el proveído del 27 del citado mes, pero del año 2023, dictado por la Superintendencia de Industria y Comercio, en el sentido de ajustar el monto de la garantía a $1 641 989 40, por cuanto el inciso 2 del artículo 318 del C.G.P., sostiene que «no procede contra los autos que resuelvan un recurso de apelación».

También se niega la solicitud de aclaración en oposición a la resolución, pues según el canon 285 ibidem no contiene «frases o conceptos que ofrezcan motivo de duda». En todo caso, se reitera en la parte resolutiva que al precitado capital se descontarían los $20 000 000. Finalmente, concede el plazo adicional de diez (10) días para la prestación de la caución. NOTÍFIQUESE, Código único de radicación: 110013199001202391792 01 y 110013199001202391792 02 Interno: 6392 y 6393