TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Magistrada Sustanciadora: María Patricia Cruz Miranda Bogotá D.C., veinticinco (25) de julio de dos mil veinticuatro (2024) Asunto: Proceso verbal de mayor cuantía de Fundación para el Desarrollo Habitacional y Empresarial Portal de Cali “Fundehepoca” contra Wilson Gómez Córdoba.
Radicado. 34 2017 00078 01 Sería del caso resolver sobre el recurso de apelación que se promovió contra el auto de 17 de marzo de 2017, donde el Juzgado Treinta y Cuatro Civil del Circuito de Bogotá admitió la demanda, pero se advierte que está ausente uno de los presupuestos esenciales para su concesión (artículo 325 del Código General del Proceso).
Al efecto, según los artículos 320 y subsiguientes de la normativa procesal, es requisito de admisibilidad de la apelación, entre otros, que la providencia cuestionada sea una sentencia o auto frente al cual el ordenamiento legal consagre dicho medio de impugnación (principio de taxatividad) circunstancia que no se presenta en este asunto.
Por tanto, con independencia de las razones en que se sustentó el recurso, lo cierto es que en el auto impugnado1 únicamente se admitió la demanda, decisión que no está enlistada en el canon 321 ejusdem ni en norma especial como susceptible de alzada, lo que impide estudiar los reparos esgrimidos. Finalmente, no hay lugar a adecuar el recurso al legalmente procedente, como lo impone el parágrafo del artículo 318 de la misma codificación, por cuanto la reposición ya se surtió. 1 Página 240. 01CuadernoPrincipal.pdf. 01CuadernoPrincipal.
PrimeraInstancia. 11001310303420170007801. 1 Exp. 34 2017 00078 01 DISPONE PRIMERO. DECLARAR INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por los señores Yefer Gómez Córdoba y Eliecer Gómez Córdoba contra el auto de 17 de marzo de 2023, que profirió el Juzgado Treinta y Cuatro Civil del Circuito de Bogotá.
SEGUNDO. En firme el presente proveído devuélvase el expediente al juzgado de origen. Notifíquese, (firma electrónica) MARÍA PATRICIA CRUZ MIRANDA Magistrada Radicado. 34 2017 00078 01 Firmado Por: Maria Patricia Cruz Miranda Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial División De Sistemas De Ingenieria Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: ddf435ef80c8c445fb1598c3cbe3a07b6759bda7c63059ff0bacf0b68853efb9 Documento generado en 25/07/2024 08:53:13 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2 Exp. 34 2017 00078 01