Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 76.664 A auto admite apelacion y consulta

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Diego Guillermo Anaya

TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA MAGISTRADO PONENTE: DIEGO GUILLERMO ANAYA GONZÁLEZ RADICACIÓN UNICA 08-001-31-05-015-2019-00261-01 RADICACIÓN INTERNA 76.664-A TIPO DE PROCESO ORDINARIO LABORAL DEMANDANTE ANA MARIA DEL PILAR MURILLO SANCHEZ DEMANDADO COLPENSIONES Y PROTECCIÓN S.A. Barranquilla, seis (06) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024).

Avóquese el conocimiento del presente proceso que le correspondió por reparto a esta Sala, se dispone a admitir en el efecto suspensivo el recurso de apelación instaurado por la parte demandada ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES (COLPENSIONES), como el grado jurisdiccional de consulta a favor de ésta, respecto la sentencia judicial proferida en primera instancia de fecha de 23 de febrero de 2023.

De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, córrase traslado al apelante por el término de cinco (05) días para que presente sus alegaciones, vencido el término anterior, córrase traslado a los demás sujetos procesales por otros cinco (05) días para que presenten sus alegaciones. En el evento que la representante del Ministerio Público quiera intervenir en este proceso, podrá emitir su concepto dentro del término que las partes tienen para alegar.

Los escritos de alegatos y/o concepto del Ministerio Público, deben presentarse por correo electrónico, al correo institucional de la Secretaria de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla: seclabbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co, en formato PDF, con la indicación en el asunto del correo a enviar “alegatos de conclusión” y la radicación interna del proceso, con copia del mismo a los demás sujetos procesales, dentro del horario del Distrito judicial de Barranquilla, esto es, de 7:30 A.M a 4:00 P.M. La consulta del expediente digital podrá hacerse en la secretaria de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla a través de su correo institucional: seclabbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co A su vez, se conmina a las partes a estar atentas a las actuaciones judiciales, como quiera que no se fijará fecha para proferir decisión.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. DIEGO GUILLERMO ANAYA GONZÁLEZ Magistrado Firmado Por: Diego Guillermo Anaya Gonzalez Magistrado Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: d20c6c7e6d13b420058de20708daa79b4ce5a3e5e5373a1a48f99 639a90c28a0 Documento generado en 06/12/2024 02:49:42 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica