República de Colombia Rama Judicial del Poder Público TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ, D.C. SALA CIVIL Bogotá, D.C., treinta (30) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024) 11001220300020220080300 En atención a las manifestaciones del extremo demandante, referentes a la notificación de todos los interesados en el asunto de la referencia, esta Sala Unitaria, evidenció lo siguiente: La apoderada judicial del actor acreditó que el 28 de junio de 2023 y el 27 de junio de 2024 procuró noticiar al extremo pasivo en las direcciones de correo electrónico indicadas en decisión del 13 de junio de la presente anualidad; sin embargo, las diligencias fueron infructuosas como dan cuenta las constancias emitidas por la empresa de correos Servientrega, quien certificó que “no fue posible la entrega al destinatario”.
Por lo anterior, se agregarán los documentos al plenario para los fines pertinentes. Ahora, insiste la parte demandante en considerar las gestiones de notificación adelantadas en la dirección física del extremo pasivo, en aras de aplicar la consecuencia prevista en el inciso 2 del numeral 4 del artículo 291 del C. G. del P.; sin embargo, la petición no cuenta con vocación de prosperidad, por cuanto en decisión del 6 de diciembre de 2023 no se tuvieron en cuenta las misivas remitidas, decisión que se encuentra en firme, por lo que la memorialista deberá estarse a lo resuelto en la determinación referida.
Permanezcan las diligencias en Secretaría hasta tanto se verifique la debida notificación de los intervinientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, ANGELA MARÍA PELÁEZ ARENAS Magistrada Firmado Por: Angela Maria Pelaez Arenas Magistrada Sala 009 Civil Tribunal Superior De Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 7eec15a1ab448b3679463399a9fc8455de37466b5b1b676ae61309cf979b6112 Documento generado en 30/09/2024 11:28:47 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica