Micelio

auto — Tribunal Superior de Bucaramanga

Radicado: AutoAdmiteApelacionConsulta646-2024

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Eberth Dawrin Mendoza Palacios

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA SALA QUINTA DE DECISIÓN LABORAL SICGMA MAGISTRADO SUSTANCIADOR: EBERTH DAWRIN MENDOZA PALACIOS Bucaramanga, martes veintiocho (28) de mayo de dos mil veinticuatro (2024) Radicación Única: Radicado Interno: Demandante: Demandado: Temas: Decisión: 68001.31.05.004.2023.00041.01 2024-646 NELLY SANDOVAL LOZANO COLPENSIONES.

Pensión de Sobreviviente. Auto Admisorio ADMÍTASE el recurso de apelación interpuesto por la demandante NELLY SANDOVAL LOZANO y la demandada COLPENSIONES, respecto de la sentencia proferida el dos (02) de mayo de 2024 por el Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de Bucaramanga. Asimismo, se admite el Grado Jurisdiccional de Consulta en favor de la demandada COLPENSIONES respecto de la sentencia proferida el dos (02) de mayo de 2024 por el Juzgado Séptimo Laboral del Circuito de Bucaramanga, por causa y ocasión de lo dispuesto en el art. 69 del C.P.T.S.S., Mod, Ley 1149 de 2007 art. 14.

EJECUTORIADO este auto, SE CORRE TRASLADO a las partes apelantes y en cuyo favor opera la consulta para alegar por escrito por el término de CINCO (5) días. Los alegatos se recibirán mediante correo electrónico, en la cuenta seclaboralbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, identificando el asunto con la palabra ALEGATOS Y/O ALEGACIONES, el mensaje deberá incluir los datos de identificación del proceso, esto es, código único de identificación del expediente, número interno de radicado ante esta Sala Especializada y nombre del Magistrado Ponente.

Se advierte a los sujetos procesales que deberán cumplir con lo previsto en el artículo 3º de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Eberth Dawrin Mendoza Palacios Magistrado Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Palacio de Justicia – Calle 35 entre carrera 11 y 12.

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