REFERENCIA: RADICACIÓN: DEMANDANTE: DEMANDADO: PROCESO ORDINARIO LABORAL DE PRIMERA INSTANCIA 05088 31 05 001 2023 00193 01 LUIS ADONIAS ORDOÑEZ ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES Medellín, diecinueve (19) de mayo de dos mil veinticinco (2025) AUTO Verificadas las actuaciones que anteceden, conforme lo establece el art. 82 del CPTSS, se dispone ADMITIR el grado jurisdiccional de consulta a favor del Demandante respecto de la sentencia proferida el 16 de mayo de 2025 por el Juzgado 1° Laboral del Circuito de Bello, en aplicación del art. 14 de la Ley 1149 de 2007.
De otro lado, conforme con el art. 13 de la Ley 2213 de 2022, una vez ejecutoriada dicha decisión, se ordena, en forma inmediata CORRER TRASLADO a las partes por el término de cinco (5) días, a fin de que presenten sus alegaciones por escrito, mismas que deberán ser remitidas exclusivamente al correo electrónico: seclabmed@cendoj.ramajudicial.gov.co Por Secretaría regresen las diligencias al Despacho una vez surtidos los traslados respectivos, con el objeto de emitir la decisión de segunda instancia por escrito.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, LUZ PATRICIA QUINTERO CALLE Magistrada (*) Hipervínculo de consulta de expediente digitalizado: https://etbcsjmy.sharepoint.com/:f:/g/personal/des17sltsmed_cendoj_ramajudicial_gov_co/EjPwGRyqWCFL nOJJDOyWJNcBnU6ic_1ROB0YSMkYX0ksbg?e=qmwqhA Firmado Por: Luz Patricia Quintero Calle Magistrada Sala 017 Laboral Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 702846698d5727f172557f2db0d8bd5a8ea430b6eb9a374b0ca349f1ebd8de39 Documento generado en 19/05/2025 10:13:30 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica