EJECUTIVO LABORAL – APELACIÓN SENTENCIA RADICADO: 20001-31-05-003-2021-00137-01 DEMANDANTE: ALVARO RODRIGUEZ BOLAÑO Q.E.P.D. DEMANDADO: NACIÓN – RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE VALLEDUPAR SALA CIVIL – FAMILIA –LABORAL Valledupar, dieciséis (16) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) De conformidad con lo establecido en el artículo 325 del CGP y el artículo 13 de la Ley 2213 de 20221, ADMÍTASE el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la demandada Nación - Rama Judicial – Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, contra de la sentencia proferida el 11 de junio de 2024, por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Valledupar – Cesar, en el proceso de la referencia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, ÓSCAR MARINO HOYOS GONZÁLEZ Magistrado Sustanciador 1 En concordancia con los artículos 12 de la Ley 270 de 1996 y 2.5 y 100 del CPTSS, en que se sustenta la regla que asigna la competencia sobre procesos como el presente a la Jurisdicción Ordinaria en su especialidad laboral. (CC. Auto 979/22) 1