TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA SALA DE DECISIÓN LABORAL Auto Interlocutorio N° 471 Radicación No. 76-109-31-05-003-2020-00084-02 Guadalajara de Buga, veinticuatro (24) de noviembre de dos mil veinticinco (2025). Verificado el examen preliminar del asunto, SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandante contra el auto interlocutorio del 28 de octubre de 2025, mediante el cual, entre otros, no accedió a la solicitud de contrainterrogar al demandante; providencia proferida por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Buenaventura – (V.), dentro del Proceso Ordinario Laboral promovido por MANUEL ANTONIO MANYOMA CAICEDO contra COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. E.S.P. y EMPRESA DE SERVICIOS Y TELECOMUNICACIONES DE BUENAVENTURA SAS – EMSERTELBUEN SAS.
Providencia susceptible del recurso de apelación de conformidad con lo previsto en el numeral 4 del artículo 65 del CPT y de la SS. Córrase traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días. Notifíquese en estado Firma Electrónica GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada Firmado Por: Gloria Patricia Ruano Bolaños Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: bc083446038b5c8d3fc7443d078f9b6960dd924963506172d9397dea7ab77f68 Documento generado en 24/11/2025 12:16:39 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica