PROCESO: VERBAL DE PERTENENCIA RADICADO: 13001310300320210033001 DEMANDANTE: Fermina Cervantes de Villalobos DEMANDADOS: Personas Indeterminadas DTE. EN RECONVENCION: Ana Milena Arroyo Castro TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA SALA DE DECISION CIVIL – FAMILIA MAGISTRADO SUSTANCIADOR: DR. JOSÉ EUGENIO GÓMEZ CALVO Cartagena de Indias, nueve (9) de junio de dos mil veintiséis (2026) De conformidad con lo dispuesto en el artículo 327 del Código General del Proceso, se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la parte Demandante en reconvención ANA MILENA ARROYO CASTRO en contra de la sentencia proferida el 19 de mayo de 2026 por el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Cartagena. a. La parte recurrente deberá sustentar el recurso dentro del término de cinco (5) días, contados desde el día siguiente a aquél en que quede ejecutoriada esta providencia. Para tal fin “deberá sujetar su alegación a desarrollar los argumentos expuestos ante el juez de primera instancia”, según se desprende del inciso final del artículo 327 del C. G. del P. “Si no se sustenta oportunamente el recurso, se declarará desierto”, conforme señalan los artículos 12 de la Ley 2213 de 2022 y 322 del C.G. del P. El recurrente deberá tener deberán tener en cuenta que según prevé el artículo 109 del C. G. del P., “los memoriales, incluidos los mensajes de datos, se entenderán presentados oportunamente si son recibidos antes del cierre del despacho del día en que vence el término”. b. Los escritos de las partes durante este trámite deberán ser enviados en formato PDF al correo electrónico secsalcivfam@cendoj.ramajudicial.gov.co c. La fijación de los estados y los traslados podrá ser consultada en el micrositio asignado a la Secretaría de la Sala en la Página Web de la Rama Judicial.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Jose Eugenio Gomez Calvo Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 PROCESO: VERBAL DE PERTENENCIA RADICADO: 13001310300320210033001 DEMANDANTE: Fermina Cervantes de Villalobos DEMANDADOS: Personas Indeterminadas DTE.
EN RECONVENCION: Ana Milena Arroyo Castro Código de verificación: ad6b06e595f58fc3538aca0c8fe3ce6d6d20e86b2abb91b46b266de745111a27 Documento generado en 09/06/2026 01:32:07 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica