Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 021-2021-00111-01 DRA MARQUEZ AUTO ORDENA DEVOLVER

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ - SALA CIVIL Bogotá D.C., seis (6) de marzo de dos mil veinticinco (2025) Radicación 11001310302120210011101 Sería del caso resolver la impugnación formulada contra el auto adiado 18 de octubre de 2024, proferido por el Juzgado 21 Civil del Circuito de Bogotá, de no ser porque, previo a ello es necesario que el Despacho de origen realice unas precisiones.

En efecto, al auscultar el oficio 96 adiado 31 de enero de 20251, se indica que el proveído objeto de censura corresponde al ubicado en el archivo “ AutoNoAceptaTransacción ” de la carpeta 001Principal; empero, al revisar el auto adiado 14 de enero de 2025, que concedió la alzada, se señala que la inconformidad radica en la negativa de un incidente de nulidad, providencia que no se avista dentro del plenario.

Concomitante, se observa que el apoderado que representa a la parte actora formuló impugnación vertical contra la aludida determinación2, la cual no ha sido objeto de pronunciamiento. En ese orden, es necesario que el a-quo aclare tales situaciones y, que, de ser el caso, remita nuevamente el expediente al Tribunal para proveer lo que en derecho corresponda.

En mérito de lo expuesto, el Despacho, RESUELVE:

PRIMERO: DEVOLVER de manera inmediata la actuación al Estrado Veintiuno Civil del Circuito de Bogotá D.C. para que se pronuncie 1 2 Archivo 003OficioRemisorio, 002SegundaInstancia. Archivo 0112RecursoApelacionAuto202100111, 001PrimeraInstancia. 02120210011101 acerca de lo discurrido.

SEGUNDO: COMUNICAR la determinación a las partes interesadas por el medio más expedito y eficaz.

NOTIFÍQUESE, Firmado Por: Clara Ines Marquez Bulla Magistrada Sala 003 Civil Tribunal Superior De Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5328f6fa6c31cf99f1fefb4431aa2c8ddd555e512c212bbd1bb7d2184634993c Documento generado en 06/03/2025 03:15:51 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2