Consejo Superior de la Judicatura Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Tribunal Superior de Barranquilla SICGMA SALA TERCERA DE DECISION LABORAL Barranquilla, treinta y uno (31) de mayo del año 2024. DEMANDANTE. MARÍA ELSY BUITRAGO COBOS DEMANDADO. ELECTRICARIBE S.A. ESP., a través de su sucesor procesal PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO NACIONAL DEL PASIVO PENSIONAL Y PRESTACIONAL DE LA ELECTRIFICADORA DEL CARIBE S.A. FONECA, que actúa por medio de la FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A. EXPEDIENTE No. 08001310500420150014002 RADICACIÓN INTERNA. 56637- A Obedézcase y Cúmplase lo resuelto por la H. Corte Suprema de Justiciasala de casación laboral (Sala de Descongestión No. 2) en providencia SL941- 2024, Rad. 95485 de fecha 18 de marzo de 2024, en la cual NO CASA la sentencia proferida por la Sala Laboral el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, de fecha 7 de septiembre de 2018, dictada dentro del proceso de la referencia. En consecuencia, ejecutoriado el presente auto vuelva al juzgado de origen, para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. Cra 45 N° 44-12 oficina 406- Tribunal Superior de Barranquilla www.ramajudicial.gov.co Correo:sl02bqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Barranquilla – Atlántico. Colombia