TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA SEGUNDA DE DECISION LABORAL MAGISTRADO PONENTE: CÉSAR RAFAEL MARCUCCI DIAZ GRANADOS RAD. INT: 74.733 RADICADO ÚNICO:08001310501420230004001 DEMANDANTE: GUSTAVO ADOLFO BARRIOS DEMANDADO: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES Barranquilla, primero (1) de abril de dos mil veinticinco (2025).
Avocar el conocimiento del presente proceso. Admitir el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, en contra e la sentencia e e a 28 e agosto e 2 23 De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 2213 del 15 de febre-ro de 2023, córrase traslado a los apelantes por el término de cinco (05) días para que presente sus alegaciones, vencido el término anterior, córrase traslado a los de-más sujetos procesales (si los hubiere) por otros cinco (05) días para que presenten sus alegaciones.
En el evento que el/la representante del Ministerio Público quiera intervenir en este proceso, podrá emitir su concepto dentro del término que las partes tienen para alegar. El concepto del Ministerio Público, debe presentarse por correo electrónico, al correo institucional de la secretaria de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla: seclabbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co, en formato PDF, con la indicación en el asunto del correo a enviar “concepto del Ministerio Público” y la radicación del proceso, dentro del horario del Distrito judicial de Barranquilla, esto es, de 7.30 A.M a 12:30 A.M y 1:00 P.M a 4:00 P.M.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. CÉSAR RAFAEL MARCUCCIDIAZGRANADOS Magistrado