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auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 12 08001315300720230010701 03AUTOADMITE-AUTOAVOCA

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA SALA CIVIL FAMILIA ASUNTO: APELACIÓN SENTENCIA (46608) NO. RADICACIÓN: DEMANDANTE(S): DEMANDADO(S): TIPO DE PROCESO PROCEDENCIA: C-08001-31-53-007-2023-00107-01 SERVICIOS MÉDICOS OLIMPUS I.P.S. S.A.S. MEDICINA ALTA COMPLEJIDAD MACSA S.A. CIVIL / DECLARATIVO / VERBAL / DECLARACIÓN EXISTENCIA DE OBLIGACIÓN JUZGADO SÉPTIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA Barranquilla, D. E. I. y P., ocho (8) de octubre de dos mil veinticinco (2025) Se ADMITE la apelación formulada por la parte demandante contra la sentencia dictada el 29 de septiembre de 2025 por el Juzgado Séptimo Civil del Circuito de Barranquilla.

La sustentación del recurso deberá presentarse necesariamente en esta instancia, dentro del término de 5 días contados a partir de la ejecutoriada esta providencia, so pena de que se declare DESIERTO conforme prevén los artículos 12 de la Ley 2213 de 2022 y 322 del C. G. del P. En caso de ser sustentado oportunamente, la Secretaría correrá traslado del escrito correspondiente a los no apelantes, en la forma y para los fines previstos en las normas antes aludidas.

Notifíquese y cúmplase. Firmado Por: John Freddy Saza Pineda Magistrado Sala Civil Familia Tribunal Superior De Barranquilla - Atlantico Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 70226521afbedab50d1cf03e86c053dde0b317f6f5416f300f10920221273ec5 Documento generado en 08/10/2025 02:42:37 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica