REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá, D.C., veintiséis (26) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024). Expediente No. 11001-31-03-050-2023-00270-01 Demandante: RICARDO RIAÑO GANGOTENA. Demandado: ANDRÉS EMILIO ROJAS PÉREZ. Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia del 05 de noviembre de 2024, proferida por el Juzgado Cincuenta Civil del Circuito de Bogotá, en el efecto devolutivo (artículo 327 del Código General del Proceso).
COMUNÍQUESE de esta decisión a la juez de primera instancia, comoquiera que, según el párrafo anterior y en aplicación de la parte final del artículo 325 ibídem, se ajustó el efecto en que fue concedida la alzada, por no encuadrar la providencia atacada el ninguno de los supuestos del numeral 3º inciso segundo del artículo 323 ejusdem. Imprímasele a este asunto el trámite consagrado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, con el objetivo de resolver la segunda instancia. En firme este auto, el apelante DEBERÁ sustentar el recurso dentro de los cinco días siguientes.
Se advierte que, ante su silencio, se declarará desierto el mecanismo de impugnación. Notifíquese y Cúmplase, FLOR MARGOTH GONZÁLEZ FLÓREZ MAGISTRADA Firmado Por: Flor Margoth Gonzalez Florez Magistrada Sala Despacho 12 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 0aec2fae4beba08a24f3f5524d6d47fce1e0c142ad13bb217eec1c49ca31aef6 Documento generado en 26/11/2024 02:14:03 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica