República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva Sala Civil Familia Laboral Magistrada Sustanciadora: ENASHEILLA POLANÍA GÓMEZ Proceso: Ordinario Laboral Radicación: 41001-31-05-001-2023-00133-01 Demandante: JUAN MANUEL AVELLANEDA BALAGUERA Demandada: ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES - COLPENSIONES: Procedencia: Juzgado Primero Laboral del Circuito de Neiva Asunto: Admite recurso apelación y consulta Neiva, veintiocho (28) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) Presentado y sustentado oportunamente el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES -COLPENSIONES, contra la sentencia de primera instancia proferida por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Neiva (H.), de fecha 08 de mayo de 2024, de conformidad con los artículos 66 y 82 del C.P.T. y por reunir las condiciones previstas en el artículo 69 del C.P.T. y de la S.S., se
RESUELVE
1.- ADMITIR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES - COLPENSIONES, contra la sentencia proferida en audiencia celebrada el 08 de mayo de 2024, en el efecto suspensivo. (41001-31-05-001-2023-00133-01) Juan Manuel Avellaneda Balaguera República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva Sala Civil Familia Laboral 2.- ADMITIR la consulta en favor de la ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES – COLPENSIONES.
Notifíquese y Cúmplase. ENASHEILLA POLANÍA GÓMEZ Magistrada Sustanciadora Firmado Por: Enasheilla Polania Gomez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: d272a6aa3cdc40d8b48ddb1725c6138d0118f7f207ba70b08ccaaacb7e6988df Documento generado en 28/08/2024 04:19:37 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica (41001-31-05-001-2023-00133-01) Juan Manuel Avellaneda Balaguera