REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., nueve (9) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024) Radicación: 11001 31 03 021 2013 00424 02. Magistrada Sustanciadora: ADRIANA AYALA PULGARÍN 1. Tener en cuenta para los fines pertinentes que la demandante Comunicación Celular Comcel S.A. (demanda principal), dentro del término previsto por la Ley, sustentó el recurso de apelación1 interpuesto contra la sentencia dictada el 20 de septiembre de 2024, por el Juzgado Veintiuno Civil del Circuito de Bogotá. 2.
Por otro lado, comoquiera que, dentro de dicho interregno de orden legal, el también demandante Guido Humberto Valderrama Blanco (demanda acumulada), quien también había apelado dicha sentencia, se mantuvo en silencio, deberá asumir las consecuencias legales de su omisión, cual es, la declaratoria de deserción del recurso de apelación formulado por dicho extremo de la litis, ante la falta de sustentación en esta instancia dentro de la oportunidad legal para ello.
DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la suscrita magistrada de la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C.,
RESUELVE
Primero: Declarar desierto el recurso de apelación formulado por el demandante Guido Humberto Valderrama Blanco (demanda acumulada). 1 Cfr. PDF 013 – Cuaderno Tribunal. Segundo: Ejecutoriado lo aquí resuelto, Secretaría ingrese el proceso al despacho para proveer, en el turno que corresponda, lo relacionado frente al recurso de alzada planteado por Comunicación Celular Comcel S.A. (demanda principal).
Notifíquese y cúmplase, Firmado Por: Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 3de6633247ab70d68be675b71f4cbe4e6c698a10e5bab943decc8234242d9639 Documento generado en 09/12/2024 11:28:55 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica