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auto — Tribunal Superior de Cundinamarca

Radicado: 2018-00591 AutoConcedeCasacion

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Martha Ruth Ospina Gaitán

0.REPÚBLICA DE COLOMBIA TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE CUNDINAMARCA SALA LABORAL Magistrada Ponente MARTHA RUTH OSPINA GAITÁN Bogotá. D. C., veintiséis (26) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024) Procede la Sala a decidir sobre la viabilidad del recurso extraordinario de casación interpuesto por la apoderada judicial de la parte demandada Summar Temporales S.A.S.1 contra la sentencia proferida por este Tribunal el 28 de junio de 20242 dentro del proceso adelantado por GILBERT ARENAS CASTELLANOS Y OTRA contra SOCIEDAD FUNDICOM – FUNDICIONES Y COMPONENTES AUTOMOTORES SAS Y OTRO – Radicación 25286-31-05-0012018-00591-02.

Para resolver la viabilidad del recurso de casación interpuesto se considera: El interés jurídico para recurrir en casación se encuentra determinado por el agravio o perjuicio causado a unas de las partes o a ambas, con la sentencia recurrida, para ello, el artículo 86 del C.P.T. Y S.S. consagra que podrán acceder en casación aquellos procesos cuya cuantía exceda de ciento veinte (120) veces el salario mínimo legal mensual vigente.

Se tiene que, el Juzgado Laboral del Circuito de Funza en providencia del 4 de diciembre de 20233, declaró que entre las partes existió un contrato de trabajo vigente desde el 26 de febrero de 2014 hasta el 20 de febrero de 2016 y que, la demandada es responsable del accidente sufrido por el demandante el 13 de agosto de 2014. En consecuencia, impuso las siguientes condenas: “TERCERO: … i) A título de lucro cesante consolidado, la suma de $ 128’754.531.59 ii) A título de lucro cesante futuro, la suma de $ 150’447.800.52 iii) Por concepto de daños morales a favor de Gilbert Alexander Arenas Castellanos el equivalente a 50 smmlv.

CUARTO: CONDENAR a Summar temporales S.A.S. a pagar a favor de la señora Diana Catherine Benito, en su condición de compañera permanente del trabajador demandante, el equivalente a 10 smmlv por concepto de perjuicios morales, conforme a lo considerado en la parte motiva de la presente decisión.

QUINTO: CONDENAR a la aseguradora Seguros del Estado a pagar los daños y perjuicios a que fue condenada a la demandada Summar temporales S.A.S. y hasta el límite del riesgo asegurable conforme a la póliza de seguro número 45021010000391 como límite máximo $ 200’000.000, perjuicios que solamente abarcarán lo relativo al lucro cesante, futuro y lucro cesante consolidado, conforme a lo expuesto en la parte motiva de la presente decisión”. 1 Archivo 12 de la Carpeta 02 del expediente electrónico. 2 Archivo 08 de la Carpeta 02 del expediente electrónico. 3 Archivo 52 de la Carpeta 01 del expediente electrónico.

Adicionalmente, negó las pretensiones invocadas en contra de la ARL Mapfre por el llamado en garantía, declaró no probadas las excepciones de mérito propuestas por Summar Temporales S.A.S. y la absolvió de las demás pretensiones incoadas en su contra. Por su parte, esta Corporación, al resolver los recursos de apelación formulados por ambas partes y el llamado en garantía, mediante fallo del 28 de junio de 2024, revocó los numerales relacionados con la condena por concepto de indemnización por daño en la vida en relación a favor del demandante, fijando la suma de 50smmlv; la condena por concepto de perjuicios morales en favor del menor J.E.A.N., fijándola en 25 smmlv y la relativa a los perjuicios morales en favor de Diana Catherine Benito Bernal, fijándolos en 35 smmlv.

Además, modificó la condena al llamado en garantía, en el sentido de condenarlo a cubrir “todo lo relacionado con la indemnización total y ordinaria por perjuicios, que incluye: lucro cesante, perjuicios morales y daño en la vida en relación” y confirmó en lo demás. Así pues, en aras de establecer el interés jurídico de la parte demandada Summar Temporales S.A.S., el competente en esta sede judicial ha efectuado la liquidación respectiva4, en los siguientes términos: En ese orden, es claro que la parte demandada cuenta con el interés jurídico para recurrir en casación, pues las condenas calculadas, superan ampliamente el monto exigido por el art. 86 del C.P. del T y S.S. Por las anteriores consideraciones, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, Sala Laboral, CONCEDE el recurso extraordinario de casación interpuesto por la apoderada judicial de la parte demandada Summar Temporales S.A.S., contra la sentencia proferida por esta Sala el 28 de junio de 2024, de conformidad con lo establecido en el art. 86 del C.P.T y de la S.S. En firme esta providencia, envíese el expediente a la Sala de Casación Laboral de la H. Corte Suprema de Justicia. Notifíquese y cúmplase.

MARTHA RUTH OSPINA GAITÁN Magistrada 4 Cálculo realizado por la Profesional Universitario de Tribunal Grado 12, que se adjunta en su totalidad a esta providencia. EDUIN DE LA ROSA QUESSEP Magistrado JAVIER ANTONIO FERNÁNDEZ SIERRA Magistrado RADICACIÓN: 25286 31 05 001 2018 00591 02 MAGISTRADA PONENTE: Dra. Martha Ruth Ospina Gaitán DEMANDANTE: Gilbert Alexander Arenas Castellanos DEMANDADO: Fundicom SAS - Summar Temporales SAS - Seguros del Estado SA 1a.

INSTANCIA 4/12/2023 FECHA SENTENCIA 2a. INSTANCIA 28/06/2024 CASACIÓN OBJETO DE LIQUIDACIÓN: Realizar el cálculo sumas tasadas por accidente laboral Datos Generales de la Liquidación Desde: Extremos Laborales Hasta: Accidente: Último Salario Devengado 26-feb 20-feb 13-ago 2014 2016 2014 $ 648.800 LUCRO CESANTE CONSOLIDADO Fecha de nacimiento 10-feb-1992 Fecha accidente 13-ago-2014 Fecha terminación contrato trabajo 20-feb-2016 Fecha liquidación (sentencia 1a.

Instancia) 4-dic-2023 Edad del trabajador a la terminación del contrato 31,84 No. meses 113,33 Ultimo Salario Devengado $ 648.800 Salario Actualizado $ 1.077.744 Porcentaje P.C.L. 78,60% $ Lucro Cesante Mensual LCM 847.107 Interés puro (i) 0,50% 151,98 TOTAL L.C.C. $ 128.754.532 LUCRO CESANTE FUTURO Fecha de nacimiento 10-feb-1992 Fecha accidente 13-ago-2014 Fecha terminación contrato trabajo 20-feb-2016 Edad del trabajador a la terminación del contrato 24,04 Esperanza de vida (Tabla Mortalidad Res. 1555/2010) 56,1 No. Meses que hay durante años de esperanza de vida 673,2 Ultimo Salario Devengado $ 648.800 Salario Actualizado $ 991.572 Porcentaje P.C.L. Lucro Cesante Mensual 78,60% $ 779.376 Interés puro mensual (i) 0,50% 193,04 TOTAL L.C.F. $ 150.447.801 Liquidación 2024 Valor total Lucro Cesante Consolidado $ 128.754.532 Lucro Cesante Futuro $ 150.447.801 Daños Morales a Gilbert Arenas s.m.l.m.v. 50 $ 1.300.000 $ 65.000.000 Perjuicio moral - Diana Benito s.m.l.m.v. 35 $ 1.300.000 $ 45.500.000 Daño en la vida en relación a Gilbert Arenas s.m.l.m.v. 50 $ 1.300.000 $ 65.000.000 Perjuicio moral - Hijo J.E.A.N. s.m.l.m.v. 25 $ 1.300.000 Total Liquidación Fecha liquidación: $ 32.500.000 $ 487.202.333 martes, 5 de noviembre de 2024 Elaborado por: Yenny Maritza Ortega Moyano C.P. Profesional Universitario de Tribunal Grado 12 Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca y Amazonas 1 de 1