R.I. 16797 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá D.C., veintisiete (27) de junio de dos mil veinticinco (2025) Rad. 110013199002 2023 00447 06 Comoquiera que el expediente de la referencia fue dirigido correctamente a este despacho, y dado que se cumplen a cabalidad las exigencias contempladas en el inciso 2º numeral 3º del artículo 322 del Código General del Proceso, la presenta magistratura DISPONE:
PRIMERO: ADMITIR, en el efecto suspensivo, el recurso de apelación interpuesto por el demandante Álvaro Eslava Jácome contra la sentencia anticipada parcial proferida el 24 de febrero de 2025 por la Superintendencia de Sociedades.
SEGUNDO: IMPRIMIR a este caso el trámite consagrado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, para resolver el citado mecanismo de alzada.
TERCERO: De conformidad con el inciso 3° del artículo 12 ibidem, se corre traslado a la parte apelante por el término de cinco (5) días contados a partir de la ejecutoria de esta decisión, para que sustente exclusivamente los reparos que fueron promovidos en el primer grado.
CUARTO: Cumplido lo anterior, por secretaría córrase traslado al extremo contrario por el mismo plazo, en aras de que se pronuncie sobre el particular de acuerdo con lo reglado en la citada norma.
QUINTO: Una vez lleguen a su fin los lapsos en comento, reingrese el plenario al despacho para resolver esta segunda instancia. Notifíquese y cúmplase, (firma electrónica) STELLA MARÍA AYAZO PERNETH (110013199002 2023 00447 06) Magistrada Firmado Por: Rad. 110013199002 2023 00447 06 Stella Maria Ayazo Perneth Magistrada Sala 04 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 337d00190493272d08ede4f247dff5c1eb79a0fcac3cad8d377d70d9ecc5df08 Documento generado en 27/06/2025 09:15:39 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica