TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE TUNJA SALA CIVIL-FAMILIA Magistrado Ponente: JOSE HORACIO TOLOSA AUNTA CLASE PROCESO: DEMANDANTE: DEMANDADO: APODERADO: RADICACIÓN: UNION MARITAL DE HECHO MARTHA ZULEIMA PEREIRA SUAREZ DIANA IVONNE MONTAÑA LEON y OTROS JOSE ANTONIO ALVAREZ MILAN 15001-31-10-002-2023-00598-01 (2025-0171) Tunja, veintiséis (26) de agosto de dos mil veinticinco (2025) Atendiendo que el doctor JOSE ANTONIO ALVAREZ MILAN actuando como apoderado judicial de las demandadas Diana Ivonne, Mónica Nayibe y Laura Camila Montaña León, mediante memorial radicado el 20 de agosto de 2025 (pdf 007, cuaderno segunda instancia) manifiesta que, “desisto del recurso de apelación interpuesto contra el numeral 4° del auto de fecha 5 de julio de 2024, por el cual negó el decreto del dictamen pericial solicitado”, por ser procedente conforme al inciso primero del artículo 316 del Código General del Proceso, se acepta el desistimiento del recurso de apelación antes referido.
En razón y mérito de lo expuesto, la Sala Civil- Familia del Tribunal Superior de Tunja, actuando en sala unitaria, RESUELVE:
PRIMERO: ACÉPTESE el desistimiento del recurso de apelación presentado por el doctor JOSE ANTONIO ALVAREZ MILAN actuando como apoderado judicial de las demandadas Diana Ivonne, Mónica Nayibe y Laura Camila Montaña León, contra el auto proferido por el Juzgado Segundo de Familia del Circuito de Tunja el 5 de julio de 2024, por lo señalado en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: Sin condena en costas.
TERCERO: En oportunidad, devuélvase el expediente al juzgado de origen, dejando las constancias de rigor.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, JOSÉ HORACIO TOLOSA AUNTA Magistrado Firmado Por: Jose Horacio Tolosa Aunta Magistrado Sala 001 Civil Familia Tribunal Superior De Tunja - Boyaca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 120345283be42daf93e18704186482b8b7dec5cc6d3f834b5caa73a1970a5b2e Documento generado en 26/08/2025 04:59:38 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica