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auto — Tribunal Superior de Bucaramanga

Radicado: 0442-2025 AutoAdmiteApelacionSentencia EDMP

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Se Advierte

REPÚBLICA DE COLOMBIA SALA LABORAL – DESPACHO 06 Bucaramanga, veintidós (22) de julio de dos mil veinticinco (2025) Proceso: Demandante: Accionado: Radicado: Interno: Tema: Decisión: Ordinario Laboral Beatriz Acevedo Pérez COLPENSIONES, SKANDIA S.A., PROTECCION S.A. Y PORVENIR S.A. 68001-31-05-002-2023-00243-01 2025-442 Ineficacia Traslado Régimen Auto Admisorio ADMÍTASE el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante BEATRIZ ACEVEDO PEREZ, contra la sentencia proferida en audiencia del treinta y uno (31) de marzo de 2025 por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Bucaramanga.

EJECUTORIADO este auto, SE CORRE TRASLADO a la parte apelante para alegar por escrito por el término de CINCO (5) días. VENCIDO el término anterior, empezará a CORRER igual término a las demás partes como no apelantes con el mismo objeto. Los alegatos se recibirán mediante correo electrónico, en la cuenta seclaboralbuc@cendoj.ramajudicial.gov.co, identificando el asunto con la palabra ALEGATOS Y/O ALEGACIONES, el mensaje deberá incluir los datos de identificación del proceso, esto es, código único de identificación del expediente, número interno de radicado ante esta Sala Especializada y nombre del Magistrado Ponente.

Se advierte a los sujetos procesales que deberán cumplir con lo previsto en el artículo 3º de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Eberth Dawrin Mendoza Palacios Magistrado Sala 006 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b5fbc3a9c2474e84374af068811c56045d255743d5be6e992d67e9127ecc65b8 Documento generado en 22/07/2025 03:41:57 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica