Micelio

auto — Tribunal Superior de Bogotá

Radicado: 023-2013-00617-02 DRA AYALA AUTO ADMITE RECURSO PARCIALMENTE

Sala: SALA CIVIL

Ponente: Adriana Ayala Pulgarín

REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D.C., veinte (20) de enero de dos mil veintiséis (2026) Radicación: 11001 31 03 023 2013 00617 02. Magistrada Sustanciadora: ADRIANA AYALA PULGARÍN Respectos a los recursos que anteceden, se dispone: 1. Reunidos como se encuentran los requisitos legales, se admiten las apelaciones que formularon la parte demandante y Miryam Sofía Blanco Ortega contra la sentencia dictada el 11 de julio de 2025, por el Juzgado Cuarenta y Nueve Civil del Circuito Adjunto Transitorio de Bogotá. 2.

Declarar inadmisible, por falta de legitimación, la alzada interpuesta en favor de Nieves Eulalia Blanco Ortega. Lo anterior, porque a la profesional del derecho que dijo representarla -quien formuló la alzada-, no le fue otorgado mandato judicial que la facultara para esos efectos. Oportunamente, retorne el proceso al Despacho. Notifíquese y cúmplase Radicación: 11001 31 03 028 2019 00119 03 Firmado Por: Adriana Ayala Pulgarin Magistrado Sala 017 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 75dfe73ab35cd5edea2e140c8bbb7c9fa2769e904bf5fe6bdc7238431824f46c Documento generado en 20/01/2026 10:15:11 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica