REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO Departamento del Tolima TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE IBAGUÉ Sala Quinta de Decisión Laboral Magistrado Ponente: CARLOS ORLANDO VELÁSQUEZ MURCIA TIPO DE ACTUACIÓN: Rechaza de plano solicitud de revocatoria DEMANDANTE(S): Luisa Amparo Colorado Parra DEMANDADO(S): Leonila Pérez de Osorio No. RADICACION: 73168310300120240002001 FECHA DECISION: Once (11) de septiembre de dos mil veinticinco (2025) ACTA APROBACION: Acta N° 28 de 11 de septiembre de 2025.
OBJETO DE DECISION Decidir la solicitud de revocatoria de la sentencia de segunda instancia proferida el 28 de abril de 2025 presentada por el apoderado judicial de la demandada, aduciendo que deben conservarse los efectos legales de la sentencia emitida el 30 de enero de 2025, por cuanto la sentencia de tutela de 26 de marzo de 2025 emitida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia fue revocada el 03 de junio de 2025 mediante sentencia de segunda instancia proferida por la Sala de Casación Penal de la misma Corporación. CONSIDERACIONES El artículo 285 del Código General del Proceso establece que la sentencia no puede ser revocada ni reformada por el juez que la profiere, de suerte que la solicitud elevada por la parte demandada resulta improcedente dada la imposibilidad en la que se encuentra esta Sala de Decisión para revocar la providencia emitida el 28 de abril de 2025, ya que, en su momento, lo hizo en cumplimiento de la sentencia de tutela de 26 de marzo de 2025 emitida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que se encontraba produciendo efectos jurídicos y era de obligatorio e inmediato cumplimiento con forme lo dispone el artículo 27 del Decreto 2591 de 1991.
Conforme a lo anterior, se deniega la solicitud de revocatoria de la sentencia proferida el 28 de abril de 2025, la cual se encuentra debidamente ejecutoriada, sin que la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia hubiera impartido orden alguna en relación con dicha providencia, no obstante fue remitida por la Secretaría de la Sala Laboral de este Tribunal, el 29 de abril de 2025 para que obrara dentro del expediente de tutela.
Página 1 DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Sala quinta de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué,
RESUELVE
PRIMERO: RECHAZAR la solicitud de revocatoria formulada por la parte demandada, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: ORDENAR que por Secretaría de la Sala Laboral de esta Corporación, se devuelva el expediente al juzgado de origen. Notifíquese de acuerdo con lo previsto en el artículo 9º de la Ley 2213 de 2022. Firmado Por: Carlos Orlando Velasquez Murcia Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Rafael Moreno Vargas Magistrado Sala Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Jair Enrique Murillo Minotta Magistrado Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 7180f442e2cda9dbf75a567e69181a4686ac989c97362b2d178f8170b5515746 Documento generado en 11/09/2025 11:53:09 AM Página 2 Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Página 3