Micelio

auto — Tribunal Superior de Buga

Radicado: 05 I256-Admite2022-00252

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA SALA DE DECISIÓN LABORAL Auto Interlocutorio N° 256 Radicación No. 76-520-31-05-001-2022-00252-01 Guadalajara de Buga, ocho (08) de julio de dos mil veinticuatro (2024). Verificado el examen preliminar del asunto, SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte demandada contra el auto interlocutorio N°546 del 13 de junio de 2024, el cual resolvió sobre las excepciones previas, proferido por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Palmira – (V.), dentro del Proceso Ordinario Laboral de Primera Instancia, promovido por WILMAR ANDRÉS CAICEDO MEZA contra MONTAJES DAYPED S.A.S. – En Reorganización. Providencia susceptible del recurso de apelación de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 65 del C.P.T y de la S.S Córrase traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días.

Notifíquese en estado GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada Firmado Por: Gloria Patricia Ruano Bolaños Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 02df7f7988807a46b9968b3f579e7f3a5c5a637476f177adfeaa996a23c21d86 Documento generado en 08/07/2024 12:09:07 p. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica