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auto — Tribunal Superior de Pasto

Radicado: AutoAdmiteRecursoDeRevisión 2024 - 00153

Sala: SALA CIVIL - FAMILIA

República de Colombia Rama Judicial del Poder Público TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PASTO SALA UNITARIA CIVIL FAMILIA Magistrado Sustanciador: Dr. Gabriel Guillermo Ortíz Narváez Referencia: Proceso: Demandante: Demandados: Recurso extraordinario de revisión 2024 - 00153 – 00 (153 – 00) WILLIAM CALIXTO GAMBOA MELO y otros. BLANCA NIDIA MELO DELGADO, MABEL MARTINEZ VARGAS y ROSARIO ORFILA MELO DELGADO San Juan de Pasto, veintiocho (28) de marzo de dos mil veinticinco (2025).

Una vez que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el proveído del veinticinco (25) de febrero de dos mil veinticinco (2025), al reexaminar la demanda para la formación de recurso extraordinario formulado por WILLIAM CALIXTO GAMBOA MELO, DORIS MAROLANDA ERAZO MELO, DIANA MILENA GAMBOA MELO y DEISY MARICELA GAMBOA MELO contra la sentencia de diecinueve (19) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), proferida por el Juzgado Sexto Civil Municipal de Pasto, se advierte que el libelo genitor reúne los requisitos legales, de allí que se imponga admitir el recurso extraordinario de revisión y notificar personalmente a los demandados.

En consecuencia, EL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE PASTO, EN SALA UNITARIA CIVIL - FAMILIA. Resuelve:

PRIMERO: ADMITIR la presente demanda para la formación del recurso extraordinario de revisión.

SEGUNDO: En consecuencia, NOTIFICAR personalmente a ROSARIO ORFILA MELO DELGADO, BLANCA NIDIA MELO DELGADO y MABEL MARTINEZ VARGAS en los términos de la Ley 2213 de 2022.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado Por: Gabriel Guillermo Ortiz Narvaez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 001 Civil Familia Tribunal Superior De Pasto - Nariño Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 2f183d53cfce727bc3e5d1bf60504e01f1efbbb521b23ea9417731512da02188 Documento generado en 28/03/2025 02:29:57 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 2