TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C. SALA CIVIL Bogotá D. C., veintiocho (28) de mayo de dos mil veintiséis (2026) Proceso: Radicación N.°: Demandante: Demandado: IMPUGNACIÓN DE ACTAS DE ASAMBLEA 11001310304320240009101 SERGIO BARAHONA SENIOR CORPORACIÓN CLUB CAMPESTRE GUAYMARAL ADMITIR el recurso de apelación formulado por el extremo demandado contra la sentencia proferida el 16 de abril de 2026, por el Juzgado 43 Civil del Circuito de Bogotá, de conformidad con las previsiones del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022.
Por lo anterior, CONCEDER a la parte recurrente el término de cinco (5) días contados a partir de la ejecutoria de esta providencia, para que proceda a SUSTENTAR los reparos concretos que formuló ante la autoridad de primera instancia; transcurrido dicho lapso, se CORRERÁ TRASLADO a la contraparte por el mismo plazo, para que, si a bien lo tiene, efectúe la réplica.
Advertir al extremo apelante que, en ese lapso y en esta instancia deberá sustentar los reparos concretos que formuló en primer grado, pues en caso de guardar silencio, se declarará desierto el recurso de alzada, como dispone el artículo citado. Para todos los efectos, el ÚNICO correo institucional habilitado para recibir el escrito de sustentación es secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co Rad. 11001310304320240009101 Finalmente, PRORROGAR en seis (6) meses el término para decidir la apelación, dado el alto número de asuntos asignados al Despacho.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, MARTHA ISABEL GARCÍA SERRANO Magistrada Firmado Por: Martha Isabel Garcia Serrano Magistrada Sala 021 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 1c1fa0de911f89b7f955d957605e65719eaae417bcf2f7a82c6b6c69d7c2f7c3 Documento generado en 28/05/2026 04:55:42 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica