REPÚBLICA DE COLOMBIA SALA TERCERA DE DECISIÓN LABORAL PROCESO ORDINARIO LABORAL DEMANDANTE DEMANDADO RADICACIÓN DECISIÓN María Patricia Mesa Arango AFP Protección y otros 05001 3105 00120220046801 Admite consulta de sentencia traslado para alegar y corre Medellín, ocho (08) de octubre de dos mil veinticuatro (2024). Dentro del presente proceso ordinario laboral, se admite la consulta a favor de Colpensiones frente a la sentencia proferida por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Medellín, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 82 del Código Procesal del Trabajo y la Seguridad Social.
Una vez ejecutoriada esta decisión y en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 1º del artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, se corre traslado común por el término de cinco (5) días hábiles a la(s) parte(s) con el fin de que presente(n) sus alegaciones por escrito. Las cuales se deberán remitir esc14seclabmed@cendoj.ramajudicial.gov.co al correo electrónico Vencidos estos términos, se dictará sentencia por escrito la que se notificará por edicto siguiendo la orientación contenida en el auto AL2550-2021, el que se fijará por el término de un (1) día.
NOTIFÍQUESE LUZ AMPARO GÓMEZ ARISTIZÁBAL Magistrada (firma escaneada)