REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA SALA SEGUNDA DE DECISIÓN LABORAL Bucaramanga, tres (03) de marzo de dos mil veintiséis (2026) PROCESO: DEMANDANTE: DEMANDADOS: RAD. ÚNICO: RAD. INTERNO: ORDINARIO GLADYS CECILIA BRAVO GRASS y JOSÉ MAURICIO TROUCHON BRAVO sucesores procesales de REYNOLDS JOSÉ TROUCHON LORDUY COLPENSIONES, JUNTA REGIONAL DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ DE SANTANDER, JUNTA NACIONAL DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ;
ARL COLMENA SEGUROS S.A. 68001.31.05.004.2020.00050.01 428-2024 Se pronuncia la Sala en torno a la solicitud de concesión del recurso de casación 1, interpuesto oportunamente por el apoderado judicial de COLMENA SEGUROS RIESGOS LABORALES S.A., el 28 de octubre de 2025, contra la decisión proferida por esta Corporación el 23 de octubre del mismo año. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, el recurso extraordinario de casación procede en los procesos ordinarios cuya cuantía exceda al equivalente a 120 salarios mínimos legales mensuales vigentes, suma que para la anualidad en que se formuló el recurso (2025) ascendía a CIENTO SETENTA MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL PESOS ($170.820.000) 2.
Reiteradamente ha sostenido la jurisprudencia de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia que el interés para recurrir en casación está determinado por el agravio que sufre el impugnante con la sentencia proferida, que en tratándose de la parte demandada se traduce en la cuantía de las resoluciones que económicamente le perjudiquen, debiéndose tener en cuenta la conformidad o inconformidad del interesado respecto del fallo de primer grado. 1 ED/Carpeta de Segunda Instancia 28MemorialCasacionComena20251028 2 Equivalente a 120 SMLMV para el año 2025. 1 PROCESO: DEMANDANTE: DEMANDADOS: RAD.
ÚNICO: RAD. INTERNO: ORDINARIO GLADYS CECILIA BRAVO GRASS y JOSE MAURICIO TROUCHON BRAVO sucesores procesales de REYNOLDS JOSE TROUCHON LORDUY COLPENSIONES, JUNTA REGIONAL DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ DE SANTANDER, JUNTA NACIONAL DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ; ARL COLMENA SEGUROS S.A. 68001.31.05.004.2020.00050.01 428-2024 Es necesario precisar que, en el asunto objeto de estudio, el juzgador de primer grado profirió sentencia estimatoria, condenó a la recurrente a pagar la pensión de invalidez de origen laboral a favor de los sucesores de REYNOLDS JOSÉ TROUCHON LORDUY, así como el retroactivo pensional a favor de estos y COLPENSIONES según la distribución establecida; decisión que fue modificada por esta Corporación en relación con el retroactivo pensional mediante sentencia de segunda instancia proferida el 23 de octubre de 2025.
En cuanto ello, y de acuerdo con los cálculos que más adelante se incorporarán, el retroactivo pensional que se ordenó pagar a la recurrente, sin ser objeto de indexación es, por sí solo, suficiente para alcanzar el interés para recurrir en casación. Así las cosas, al hacer la proyección cuantitativa de las condenas, se obtiene como resultado el que se refleja a continuación: • CÁLCULO RETROACTIVO PENSIONAL A CARGO DE COLMENA SEGUROS PARA LOS SUCESORES Y COLPENSIONES SIN INDEXAR DESDE EL 16 DE SEPTIEMBRE DE 2017 HASTA EL 24 DE MARZO DE 2022.
ANUALIDAD IPC MESADA MESES 2017 $ 5.709.712 4,41 2018 4,09 $ 5.943.239 13 2019 3,18 $ 6.132.234 13 2020 3,80 $ 6.365.259 13 2021 1,61 $ 6.467.739 13 2022 5,62 $ 6.831.226 2,76 RETROACTIVO DESDE SEPT.16/2017 A MAR.24/2022 TOTAL 25.179.829,92 77.262.109,87 79.719.044,96 82.748.368,67 84.080.604,41 18.854.182,99 367.844.140,83 De conformidad con lo anterior y habida cuenta que las condenas superan el equivalente a 120 salarios mínimos legales mensuales vigentes a la fecha de interposición del recurso, que corresponde a la suma de CIENTO SETENTA MILLONES OCHOCIENTOS VEINTE MIL PESOS ($170.820.000)3, considera la Sala que COLMENA SEGUROS RIESGOS LABORALES S.A. cuenta con interés económico 3 Para la anualidad de 2025. 2 PROCESO: DEMANDANTE: DEMANDADOS: RAD.
ÚNICO: RAD. INTERNO: ORDINARIO GLADYS CECILIA BRAVO GRASS y JOSE MAURICIO TROUCHON BRAVO sucesores procesales de REYNOLDS JOSE TROUCHON LORDUY COLPENSIONES, JUNTA REGIONAL DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ DE SANTANDER, JUNTA NACIONAL DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ; ARL COLMENA SEGUROS S.A. 68001.31.05.004.2020.00050.01 428-2024 para recurrir en casación, por lo que se concederá el recurso extraordinario formulado.
Por lo expuesto, la SALA SEGUNDA DE DECISION LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA,
RESUELVE
PRIMERO: CONCEDER el recurso extraordinario de casación, interpuesto por el apoderado judicial de COLMENA SEGUROS RIESGOS LABORALES S.A. contra la sentencia de segundo grado proferida por la Sala Laboral de este Tribunal el 23 de octubre de 2025, en el proceso ordinario promovido por REYNOLDS JOSÉ TROUCHON LORDUY contra la JUNTA NACIONAL DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ, y la ARL COLMENA SEGUROS S.A.
SEGUNDO: REMITIR el expediente a la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia para efecto del trámite del recurso.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE LOS MAGISTRADOS, SUSANA AYALA COLMENARES LUCRECIA GAMBOA ROJAS HENRY LOZADA PINILLA 3 PROCESO: DEMANDANTE: DEMANDADOS: RAD. ÚNICO: RAD. INTERNO: ORDINARIO GLADYS CECILIA BRAVO GRASS y JOSE MAURICIO TROUCHON BRAVO sucesores procesales de REYNOLDS JOSE TROUCHON LORDUY COLPENSIONES, JUNTA REGIONAL DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ DE SANTANDER, JUNTA NACIONAL DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ;
ARL COLMENA SEGUROS S.A. 68001.31.05.004.2020.00050.01 428-2024 Firmado Por: Susana Ayala Colmenares Magistrado Sala 1 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: cb96ba97492815e9155139d4633422e3c2b68509a5a475fdda5e091f8b9d75f8 Documento generado en 03/03/2026 10:20:51 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 4