República de Colombia Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva Sala Quinta de Decisión Civil Familia Laboral Magistrada Ponente: Dra. ENASHEILLA POLANÍA GÓMEZ Proceso: Acción de Tutela 1 Radicación: 41-001-22-14-000-2025-00063-00 Accionante: MARTHA CONSUELO RODRÍGUEZ CUENCA Accionado: JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE NEIVA (H.) Vinculados: JOHANA PAOLA CORTES CELIS y OTROS.
Asunto: Auto decreta nulidad y admite tutela Neiva, 12 de mayo de 2025 1.- ASUNTO Atendiendo la solicitud presentada por el apoderado judicial de la accionante el 20 de marzo de 2025, los pronunciamientos realizados por los vinculados al trámite tutelar, y lo dispuesto en el numeral octavo del artículo 133 del C.G.P., se advierte necesario decretar la nulidad de todo lo actuado desde el auto admisorio del presente amparo, en aras de vincular a las partes omitidas previamente, por cuanto la decisión que aquí se profiera puede versar sobre sus intereses, por lo cual, se;
RESUELVE
1.- DECLARAR LA NULIDAD de todo lo actuado en la presente acción constitucional desde el auto admisorio del 05 de marzo de 2025, dejando a salvo las contestaciones allegadas por el accionado y los vinculados previamente. 2.- TRAMÍTESE la acción de tutela instaurada por MARTHA CONSUELO RODRÍGUEZ CUENCA, en contra del JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE NEIVA (H.). 3.- OFÍCIESE al despacho judicial accionado, para que en el término de un (01) día, contados a partir de la notificación del presente proveído, rinda informe sobre la totalidad de los sujetos procesales y abogados intervinientes dentro del proceso bajo el radicado No. 41001310300120240020600, exponiendo los respectivos correos electrónicos. 4.- OFÍCIESE al despacho judicial accionado, para que en el término de un (01) día, contados a partir de la notificación del presente proveído, rinda informe sobre los hechos que constituyen el fundamento de la presente acción de amparo y ponga a disposición de forma física o digital, el expediente del proceso con radicación 41001310300120240020600. 5.- VINCÚLESE al presente trámite constitucional a los siguientes sujetos procesales: ACREEDORES CORREOS JOANA PAOLA CORTÉS CELIS distribuidorabodeguita@gmail.com abogadocesarramirezcuellar@gmail.com franjlosadacordon@gmail.com BANCOLOMBIA S.A. notificacijudicial@bancolombia.com BANCO DAVIVIENDA S.A. notificacionesjudiciales@davivienda.com 41001400300420230034000 (J 04 Civil insolvencias.juridico@aecsa.co Municipal Neiva) SARA RUTH CABRERA (J. 6 PEQUEÑAS lisbethja@hotmail.com - lisbethjanoryaroca@gmail.com CAUSAS) sarita.cabrera@hotmail.com 41001418900620230031500 ORLANDO RODRÍGUEZ CÉSPEDES Fernando.murillo3@hotmail.com 2 DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS corresp_entrada_neiva@dian.gov.co NACIONALES – DIAN notificaciones@alcaldianeiva.gov.co MUNICIPIO DE NEIVA oficina.asesorajuridica@alcaldianeiva.gov.co LEDERGY S.A.S. ledergy@gmx.com FINESA S.A. clientes@finesa.com.co notificacionesjudiciales@finesa.com.co datospersonales@finesa.com.co latinotex@hotmail.com LATIN IMPORT COLOMBIA S.A.S. PRODUCTOS NAVIDEÑOS NAVILANDIA ventasvirtuales@navilandia.com.co S.A.S. Curador ad litem ÁNGELICA MARÍA MAHECHA CARLOS ALBERTO VIDAL MORENO / JOSÉ carolinavargasgutierrez@gmail.com ONIDAS VARGAS (J. 2 CIVIL CIRCUITO DE carlosalbertovidal@yahoo.es NEIVA) 41001310300220230018000 CONJUNTO PARQUE RESIDENCIAL JUAN PLAZA 41001418900820220081400 SAN admon.conjuntosanjuanplaza@gmail.com (J. 08 japc.abogado@hotmail.com Pequeñas Causas) FLOR MARÍA GARCÍA Curador ad litem GUSTAVO CUERVO Curador ad litem HELVER BONELO Helverb30@gmail.com JUAN PABLO MEJÍA juanpmejia4776@gmail.com 41001418900720230109000 (J. 07 Pequeñas pilarm2000@hotmail.com Causas) ROSA ELENA MURCIA Rosacelis2010@hotmail.com DECOART IMPORTACIONES S.A.S. decoart.med@gmail.com HECTOR URIEL GÓMEZ ZULUAGA Curador ad litem SERVICIOS INTEGRALES Curador ad litem WILLIAM ORLANDO ZAMBRANO TORRES Omegatecnologia01@gmail.com SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y notificacionesjudiciales@supersociedades.gov.co COMERCIO notificacionesjudiciales@colpensiones.gov.co COLPENSIONES concursales2@capitalawgroup.com.co 3 coordinador@capitalawgroup.com notificacionesjudiciales@colpensiones.gov.co SEGUROS BOLIVAR S.A. notificaciones@segurosbolivar.com ELECTROHUILA radicación@electrohuila.co EMPRESAS PÚBLICAS DE NEIVA info@lasceibas.gov.co DIANA PAOLA DUSSAN PASCUAS Curador ad litem DIEGO GONZÁLEZ SERRATO Curador ad litem JOHN FREDDY LIZCANO REYES Curador ad litem MAGYIMI SALAZAR RODRÍGUEZ Curador ad litem PORVENIR notificacionesjudiciales@porvenir.com.co NUEVA E.P.S. Secretaria.general@nuevaeps.com.co SANITAS E.P.S. notificajudiciales@keralty.com LA EQUIDAD SEGURO DE VIDA notificacionesjudicialeslaequidad@laequidadseguros.coop COMFAMILIAR Notificacionesjudiciales@confamiliarhuila.com MAGUE Curador ad litem COMERCIALIZADORA EL SANTUARIO comercializadoraelsantuario@hotmail.com 6.- VINCÚLESE al presente trámite constitucional a los demás sujetos procesales que informe el juzgado accionado.
Por Secretaría dispóngase su notificación. 7.- DISPÓNGASE que, a través de la Secretaría de esta Corporación, se efectúe la notificación de este proveído a los señores ÁNGELICA MARÍA MAHECHA, FLOR MARÍA GARCÍA, GUSTAVO CUERVO, HECTOR URIEL GÓMEZ ZULUAGA, SERVICIOS INTEGRALES, DIANA PAOLA DUSSAN PASCUAS, DIEGO GONZÁLEZ SERRATO, JOHN FREDDY LIZCANO REYES, MAGYIMI SALAZAR RODRÍGUEZ, y MAGUE, mediante la elaboración de un aviso emplazatorio, que deberá fijarse 1) en el micrositio de esta corporación, 2) en la página web de la Rama Judicial. 8.- DESÍGNESE como curadora ad litem a la Doctora Diana Marcela Rincón Andrade quien deberá representar a los mentados sujetos, abogada inscrita en 4 este circuito judicial, la cual podrá ser notificada a la dirección física y/o electrónica reportada a través del SIRNA.
Concédasele el término de un (01) día para pronunciarse respecto de los hechos que dieron lugar a la interposición de la presente acción constitucional, para lo cual deberá allegar su escrito dentro del plazo antes mencionado al correo electrónico tutelastscflnva@cendoj.ramajudicial.gov.co. 9.- TÉNGASE como pruebas las presentadas en el escrito de tutela y las que fueren aportadas en el decurso del presente trámite. 10.-
COMUNÍQUESELE al accionante la iniciación del presente trámite. Notifíquese y Cúmplase, Firmado Por: Oscar Mauricio Vargas Sandoval Magistrado Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Neiva - Huila Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: fe5b946eca960cee08ae8a529d4dbd880926e0948f8050c3985b76b7310133ae Documento generado en 12/05/2025 05:19:59 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 5