República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pamplona Sala Única de Decisión Pamplona, 07 de junio de 2024 PROCESO RADICADO DECLARACIÓN UNIÓN MARITAL DE HECHO 54-518-31-84-002-2022-00060-01 DEMANDANTE ALCIRA CABEZA DEMANDADO HEREDEROS DETERMINADOS E INDETERMINADOS DE JUAN BAUTISTA PORTILLA FLOREZ Teniendo en cuenta que el término dispuesto por el artículo 121 del Código General del Proceso para resolver la segunda instancia se encuentra próximo a vencer, surge la necesidad excepcional de prorrogar el término de 6 meses, atendiendo la complejidad del asunto y la prioridad de resolver acciones constitucionales, en consecuencia, se dispone:
PRIMERO: PRORROGAR el término para resolver en esta instancia el recurso de apelación hasta por un lapso máximo de seis (6) meses, de conformidad con el inciso 5 del artículo 121 del Código General del Proceso.
SEGUNDO: Una vez ejecutoriado el presente auto regrese el expediente al Despacho para continuar con el trámite.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE NELSON OMAR MELÉNDEZ GRANADOS Magistrado Sustanciador Firmado Por: Nelson Omar Melendez Granados Magistrado Sala Unica Tribunal Superior De Pamplona - N. De Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 5bc4d68dfc5d6e5779906a41f85cb49b723c8fc2314a7bdf4ca0dddb1c4e9479 Documento generado en 07/06/2024 05:21:15 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica