REPÚBLICA DE COLOMBIA – RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE PASTO SALA UNITARIA LABORAL ORDINARIO LABORAL No. 520013105001-2022-00327-02 (577) ORLANDO GUSTAVO MORRILLO SANTACRUZ vs. COLPENSIONES y PORVENIR S.A. APELACIÓN Y CONSULTA DE SENTENCIA San Juan de Pasto, veintinueve (29) de mayo de dos mil veintiséis (2026) Teniendo en cuenta el informe secretarial que antecede, se tiene que el día 22 de mayo de 2026, se recibió a través del correo electrónico de esta Judicatura, memorial de sustitución poder a favor de Doctor JUAN DAVID BURITICÁ MORA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.151.949.715 de Cali – Valle del Cauca y Tarjeta Profesional de No. 294.830 del Consejo Superior de la Judicatura para que ejerza la representación de Colpensiones y revisado dicho documento se constata que la entidad facultó a la UT ANGEL Y CONSULTORES 2025 para sustituir el poder, actuación que de conformidad con los artículos 74 y 75 del C. G. del P. es viable mientras no esté prohibida expresamente; es del caso, reconocer personería adjetiva para actuar al profesional del derecho referenciado up supra como apoderado judicial sustituto.
En consecuencia, la Sala Unitaria,
RESUELVE
RECONOCER PERSONERIA ADJETIVA para actuar como apoderado sustituto de COLPENSIONES a Doctor JUAN DAVID BURITICÁ MORA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 1.151.949.715 de Cali – Valle del Cauca y Tarjeta Profesional de No. 294.830 del Consejo Superior de la Judicatura, para los fines y facultades señaladas en el memorial poder de sustitución.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE PAOLA ANDREA ARCILA SALDARRIAGA Magistrado Ponente Sin necesidad de firma Artículo 2° inciso 2 Ley 2213 de 2022 RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DE PASTO SALA LABORAL HOY, 1 DE JUNIO DE 2026 NOTIFICO LA ANTERIOR DECISIÓN POR ESTADOS ELECTRÓNICOS OSWALDO GIOVANNI CHAPID CHAPID SECRETARIO