Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA UNITARIA DE DECISIÓN CIVIL Medellín, dieciocho (18) de febrero de dos mil veintiséis (2026) Procedimiento: Radicado: Demandante: Demandado: Providencia Decisión: Declarativo de bien vacante 05266 31 03 001 2018 00054 01 Instituto Colombiano de Bienestar Familiar- ICBF Herederos Indeterminados de Ana Restrepo viuda de Navarro, Luis e Ignacio Navarro Ospina Auto Admite recurso y corre traslado Se admite, en el efecto devolutivo, el recurso de apelación interpuesto por los demandados frente a la sentencia del 21 de octubre de 2025, proferida por el Juzgado Primero Civil del Circuito de Envigado en el asunto de la referencia. Conforme con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, el apelante deberá sustentar el recurso dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de este auto.
De la sustentación presentada se correrá traslado sucesivo a la contraparte, por el término de cinco (5) días.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE (Firmado electrónicamente) MARTÍN AGUDELO RAMÍREZ MAGISTRADO Firmado Por: Jorge Martin Agudelo Ramirez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Dirección Ejecutiva De Administración Judicial Funcionario Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 188296a443b55cc6e39cac66535f14ea6d12467eac9ad06f16ef4bbe12c12bf5 Documento generado en 18/02/2026 01:19:52 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica