Micelio

auto — Tribunal Superior de Montería

Radicado: AutoAdmite Rad 2025-00107-00

Sala: SALA PENAL

RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO Tribunal Superior del Distrito Judicial Sala Penal Montería, Córdoba REPÚBLICA DE COLOMBIA Montería, veinticinco (25) de abril de dos mil veinticinco (2025). Radicación Número: 23 001 22 04000 2025 00107 00. Auto Admisorio Correspondió por reparto al suscrito magistrado la ponencia de la acción de tutela impetrada por el Sr. Elkin de Jesús Romero Berrio, en causa propia, en contra de la Fiscalía General de la Nación y el Grupo de Peticiones de Información Sobre Procesos Penales de Paloquemao de la Dirección Seccional de Fiscalías de Bogotá, por la vulneración de los derechos fundamentales de petición, debido proceso y acceso a la información pública.

Al trámite resulta necesario vincular a la Sra. Soledad María Bula Morales y al Dr. Roger de Jesús Zabala Otero (quien era su abogado)1, como terceros con interés, cuyos datos de identificación y notificación deberán ser suministrados por la autoridad accionada. De acuerdo con el art. 37 del Decreto 2591 de 1991, esta Corporación es competente para resolver de fondo el presente asunto.

En consecuencia, se dispone: Primero. Aprehender el conocimiento en primera instancia de esta acción constitucional y otorgar validez a los anexos probatorios aportados. Segundo. Conferir a la Fiscalía General de la Nación, al Grupo de Peticiones de Información Sobre Procesos Penales de Paloquemao de la Dirección Seccional de Fiscalías de Bogotá, a la Sra. Soledad María Bula Morales y al Dr. Roger de Jesús Zabala Otero, el término de un (01) día hábil, contado a partir de la notificación, para que se pronuncien sobre los hechos expuestos en la demanda y aporten las pruebas que consideren necesarias para soportar su dicho.

Tercero. Ante la eventual imposibilidad de notificación de alguna de las partes, sujetos vinculados o con interés, para su conocimiento, fíjese un aviso en el micrositio web de la Secretaría de esta Sala. 1 Cuaderno de anexos de la demanda, folios 23 y 24. 2 Radicado No. 23 001 22 04000 2025 00107 00 Elkin de Jesús Romero Berrio Vs. Fiscalía General de la Nación Comuníquese lo dispuesto y dese traslado del libelo y sus anexos.

Comuníquese y cúmplase Víctor Ramón Diz Castro Magistrado ponente Firmado Por: Victor Ramon Diz Castro Magistrado Sala 003 Penal Tribunal Superior De Monteria - Cordoba Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 7f3119f05d33937ea29a0965a4ae50d27a8f228bb1270591a3ba870d7639010e Documento generado en 25/04/2025 04:43:01 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica