TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SAN GIL SALA CIVIL FAMILIA LABORAL San Gil, veintiuno (21) de agosto del dos mil veinticinco (2025). REF: VERBAL DE SIMULACIÓN RAD: 68-681-3103-002-2024-00057-01 De conformidad con lo dispuesto en el artículo 327 del CGP, en concordancia con el Art. 12 de la Ley 2213 de 2022, se admite en el “efecto suspensivo”, la apelación interpuesta por el apoderado judicial del demandante Segundo Nepomuceno González Saavedra y el apoderado judicial de litisconsortes Aileen, Valentina y Edward Ortiz Duarte contra la sentencia anticipada de fecha veintitrés (23) de julio de dos mil veinticinco (2025), proferida por el Juzgado Segundo Civil del Circuito de Vélez, dentro del proceso de la referencia. Ejecutoriada esta providencia, los recurrentes deberán sustentar el recurso a más tardar dentro de los cinco (5) días siguientes, POR ESCRITO, al seccivsgil@cendoj.ramajudicial.gov.co., correo so electrónico pena de ser declarado desierto.
Una vez finalizado lo anterior, por la Secretaría de la Corporación, córrase traslado por el mismo término a la parte AUTO DE TRÁMITE CR- 2024-00057-01 o sujetos no recurrentes, para que igualmente se pronuncien también POR ESCRITO. Cumplido lo expuesto, vuelvan las diligencias al Despacho, para si es del caso, emitir la Sentencia, en la oportunidad correspondiente.
Notifíquese El Magistrado, Javier González Serrano Firmado Por: AUTO DE TRÁMITE CR- 2024-00057-01 Javier Gonzalez Serrano Magistrado Sala Civil Familia Laboral Tribunal Superior De San Gil - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 1c964d7900354508e9ce68e47fd4b071f3949e33d54149646c92e84f2999ef45 Documento generado en 21/08/2025 03:49:38 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica