TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE SINCELEJO SALA CIVIL- FAMILIA- LABORAL Magistrado Ponente: Holguer Abundio Torres Mantilla Sincelejo, cinco (05) de febrero de dos mil veintiséis (2026) Demandante Demandado Procedente Radicado: Eliecer Manuel Montes Mercado.: Cemento Argos S.A.: Juzgado Primero Laboral del Circuito de Sincelejo, Sucre: 70-001-31-05-001-2019-00071-01 Visto el informe secretarial que antecede, da cuenta el despacho que el proceso de la referencia fue devuelto por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que mediante providencia del 13 de agosto de 2025, resolvió NO CASAR la sentencia proferida el 30 de enero de 2024 por esta Corporación. Por lo anterior, se DISPONE: OBEDECER Y CUMPLIR lo resuelto por el superior.
En su debida oportunidad, devuélvase el expediente al juzgado de origen.
NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE HOLGUER ABUNDIO TORRES MANTILLA Magistrado Firmado Por: Holguer Abundio Torres Mantilla Magistrado Sala 001 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Sincelejo - Sucre Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: bdb259b668e339b9c2a1de7360b94b7cadbdcd3bdcf2e78c9d06425302746892 Documento generado en 05/02/2026 01:47:57 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica