Micelio

auto — Tribunal Superior de Barranquilla

Radicado: 75.438 Auto Devuelve Expediente AUDIENCIA

Sala: SALA LABORAL

Ponente: Diego Guillermo Anaya

TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA MAGISTRADO PONENTE: DIEGO GUILLERMO ANAYA GONZÁLEZ RADICACIÓN UNICA RADICACIÓN INTERNA TIPO DE PROCESO DEMANDANTE DEMANDADO 08-758-31-12-002-2020-00097-01 75.438 ORDINARIO LABORAL JHON MARIO ORELLANO MOJICA DIMANETC LTDA Barranquilla, trece (13) de junio de dos mil veinticuatro (2024) Examinado el expediente digital de la referencia, advierte el suscrito que las actas de las audiencias públicas de fecha 22 de noviembre de 2023 y 29 de noviembre de 2023, que corresponden a la audiencia del artículo 77 y 80 del Código Procesal del Trabajo y la Seguridad social respectivamente, contienen inserto un link contentivo de las mentadas diligencias que remite a aplicativo distinto al establecido para tales fines por parte el Consejo Superior de la Judicatura, esto es, SISTEMA DE AUDIENCIAS DE LA RAMA JUDICIAL, tal como lo indica el PROTOCOLO PARA LA GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS, DIGITALIZACIÓN Y CONFORMACIÓN DEL EXPEDIENTE, contenido en el Acuerdo PCSJA20-11567 de 2020 del Consejo Superior de la Judicatura, el cual establece: “De esta manera, para el caso de las grabaciones de audiencias virtuales, este documento electrónico se debe relacionar como 1 folio e indicarse en el campo de observaciones el repositorio en el que se encuentra dicho elemento y, de ser posible, incluir el enlace que redirecciona a la audiencia en el respectivo repositorio.” (Negrillas por fuera del texto).

Para mayor información, consultar el Acuerdo PCSJA2011567 de 2020, página 33” En este orden de ideas, se devolverá al juzgado de origen a través de la Secretaría de esta Corporación, el expediente digital con todas las actuaciones del proceso de la referencia, allegadas por aquel, para que remita a este Tribunal, a través del aplicativo GESTOR DOCUMENTAL la totalidad de las piezas que componen el expediente, incluyendo el link de la audiencia de primera instancia, directamente desde el aplicativo SISTEMA DE AUDIENCIAS DE LA RAMA JUDICIAL, de conformidad con lo establecido en el Acuerdo PCSJA20-11567 de 2020.

Por lo expuesto, se RESUELVE ORDENAR: por medio de la Secretaría de esta Sala, devolver las actuaciones al Juzgado Primero Laboral del Circuito de Soledad, para que remita en el término de tres (3) días hábiles a partir de la notificación de este proveído, el expediente digital del proceso de la referencia con la totalidad de sus piezas procesales, incluyendo los links de las audiencias de primera instancia, directamente desde el aplicativo SISTEMA DE AUDIENCIAS DE LA RAMA JUDICIAL, de conformidad con lo que establecido en el PROTOCOLO PARA LA GESTIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS, DIGITALIACIÓN Y CONFORMACIÓN DEL EXPEDIENTE, contenido en el Acuerdo PCSJA20-11567 de 2020.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. DIEGO GUILLERMO ANAYA GONZÁLEZ Magistrado