CONSTANCIA SECRETARIAL: En la fecha se pasa el expediente del proceso Ordinario Laboral en referencia, el cual regresó de la Corte Suprema de Justicia – Sala de Casación Laboral – donde se encontraba surtiendo recurso de CASACIÓN. Provea. Cartagena de Indias, doce (12) de mayo de dos mil veinticinco (2025) ROSELYS MERCADO PÉREZ Secretaria - Sala Laboral REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL CARTAGENA - BOLÍVAR ___________________________ SALA DE DECISIÓN LABORAL MAGISTRADO PONENTE: Dr(a).
LUIS JAVIER AVILA CABALLERO Cartagena de Indias, doce (12) de mayo de dos mil veinticinco (2025) Tipo de Proceso Radicado Demandante Demandado Ordinario Laboral ¡Error! La autoreferencia al marcador no es válida. 13001310500620150039601 MARCOS FERNÁNDEZ SABALZA –SESPEM S.A-. y METROCAR S.A.S. De conformidad con el informe secretarial, RESUELVE:
PRIMERO: OBEDÉZCASE Y CÚMPLASE lo resuelto por la Honorable Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Laboral, en providencia SL712-2025 en la cual decidió NO CASAR la sentencia dictada el 27 de octubre de 2022, por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena.
SEGUNDO: Una vez ejecutoriada esta providencia, devuélvase el expediente al Juzgado de origen, previa anotación en los libros, sistemas y en las estadísticas correspondientes.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE LUIS JAVIER AVILA CABALLERO Magistrado (a) Ponente Firmado Por: Luis Javier Avila Caballero Magistrado Sala 005 Laboral Tribunal Superior De Cartagena - Bolivar Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: fbcc3e5ec783b367a17f18f999859c4f10b3816b310ecb2652b4286add8a8805 Documento generado en 12/05/2025 04:48:53 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica