Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05308310300120170040803 AutoAdmiteRecursoDeApelacion

Sala: SALA CIVIL

Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN SALA CIVIL DE DECISIÓN Lugar y fecha: Proceso: Radicado: Demandante: Medellín, 13 de febrero de 2026 Verbal – lesión enorme 05308 31 03 001 2017 00408 03 GUSTAVO DE JESÚS BEDOYA PATIÑO Demandada: GUSTAVO ADOLFO BARRIENTOS PÉREZ Providencia: Auto que admite apelación Sustanciador/ponente: Ricardo León Carvajal Martínez Se admite el recurso de apelación formulado por la parte demandante frente a la sentencia pronunciada por el JUZGADO CIVIL CON CONOCIMIENTO DE PROCESOS LABORALES DEL CIRCUITO DE GIRARDOTA el 8 de septiembre de 2025, en el proceso VERBAL para la declaratoria de lesión enorme adelantado por GUSTAVO DE JESÚS BEDOYA PATIÑO contra GUSTAVO ADOLFO BARRIENTOS PÉREZ.

De conformidad con lo previsto por el numeral 1° e inciso 2° del artículo 323 del Código General del Proceso en el efecto SUSPENSIVO. Con lo estipulado en el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022, una vez ejecutoriado el presente auto, el apelante deberá presentar Radicado Nro. 05308 31 03 001 2017 00408 03 Medellín “Al servicio de la Justicia y de la Paz Social” sus alegaciones dentro del término de cinco (5) días, al cabo de los cuales se correrá traslado por Secretaría por cinco (5) días a la parte contraria, sin perjuicio de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 9 de la Ley 2213 de 2022.

NOTIFÍQUESE POR ESTADOS Y ELECTRÓNICAMENTE. (Firma electrónica) RICARDO LEÓN CARVAJAL MARTÍNEZ MAGISTRADO Firmado Por: Ricardo Leon Carvajal Martinez Juez Sala 09 Civil Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 208f5271002116d7cc636861f08020facba54c21c6cf697e4f95d7ec712408e8 Documento generado en 13/02/2026 03:31:02 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica Radicado Nro. 05308 31 03 001 2017 00408 03