TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SINCELEJO SALA TERCERA – CIVIL FAMILIA LABORAL Magistrado Ponente: HOLGUER ABUNDIO TORRES MANTILLA Radicado n° 702153189002-1999-00086-01 Julio, diecinueve (19) de dos mil veinticuatro (2024) Habiéndose verificado la procedencia del recurso impetrado contra la sentencia del 28 de junio de 2024, proferida por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Corozal - Sucre, dentro del proceso ordinario laboral promovido por José Elías Espinosa Vergara, Pedro Rafael Sierra Rodríguez, Juan Manuel Polo Bohórquez, Pedro Rafael Pineda Bohórquez, Rafael Enrique Campo y Juadis Manuel Lambraño García en contra de Contupersonal Ltda, Marlin Colombia Drilling CO Inc y Perenco Oil and Gas Colombia Limited, este despacho lo admitirá. Ahora, en virtud del procedimiento establecido en la Ley 2213 del 13 junio de 2022, esta Magistratura observa la necesidad de impartir ese trámite a la presente apelación. Así las cosas, es menester ordenar que por intermedio de la Secretaría de este Tribunal se surtan los traslados de rigor, de acuerdo al numeral 1º del artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, cuyo tenor literal es el que a continuación se cita: “1.
Ejecutoriado el auto que admite la apelación o la consulta, si no se decretan pruebas, se dará traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días cada una, iniciando con la apelante. Surtidos los traslados correspondientes, se proferirá sentencia escrita.” En consecuencia, se DISPONE:
PRIMERO: Admitir el recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la parte demandante contra la sentencia del 28 de junio de 2024, proferida por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Corozal - Sucre, dentro de este proceso.
SEGUNDO: Por secretaría dense los traslados de que trata el numeral 1º del Radicado Nº 702153189002-1999-00086-01 artículo 13 de la Ley 2213 de 2022. Una vez vencidos los términos, el proceso volverá al despacho para dictar sentencia escrita.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. HOLGUER ABUNDIO TORRES MANTILLA MAGISTRADO Firmado Por: Holguer Abundio Torres Mantilla Magistrado Sala 001 Civil Familia Laboral Tribunal Superior De Sincelejo - Sucre Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 327d023a90e7a3117747ea9b14e278b89f003f79abc7034bad1ebfe91670a739 Documento generado en 19/07/2024 09:54:26 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica