TRIBUNAL SUPERIOR SALA SEGUNDA DE DECISIÓN CIVIL Medellín, 27 de febrero de 2026 En el efecto SUSPENSIVO, se admite el recurso de apelación interpuesto por ambas partes, contra la sentencia proferida por el JUZGADO DÉCIMO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE MEDELLLÍN, en el proceso de Expropiación instaurado por el INSTITUTO NACIONAL DE VIAS – INVIAS -, contra MARÍA ISABEL MEJÍA DE LÓPEZ.
Se corre traslado a los recurrentes por el término de cinco (5) días, para que sustenten el recurso de apelación, únicamente sobre los reparos que oportunamente formularon contra la sentencia de primer grado y que son objeto del recurso de apelación, con la advertencia de que, el término concedido comenzará a correr a partir de la ejecutoria de esta providencia. Vencido el traslado, en cuanto fuere menester, por la Secretaría se correrá traslado por igual término a la contraparte para que se pronuncie.
NOTIFÍQUESE LUIS ENRIQUE GIL MARÍN MAGISTRADO A.I. No.052 Rdo: 05001-31-03-010-2020-00204-01