REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL SALA CIVIL Bogotá D.C., trece (13) de junio de dos mil veinte cuatro (2024) Proceso N.° 110013103049202000361 01 Clase: VERBAL – ACCIÓN ENRIQUECIMIENTO SIN CAUSA Ejecutante: ABDUL MAJEED Ejecutados: EFREN PÁEZ CASTRO Con fundamento en los artículos 322 (incisos 2° y 3º del numeral tercero), 323 (numeral primero) y 327 (último inciso) del Código General del Proceso, se ADMITE, en el efecto suspensivo, la apelación que el demandante impetró contra la sentencia que en audiencia de 14 de febrero de 2024 profirió el Juzgado 49 Civil del Circuito de Bogotá, mediante la cual, i) negó las pretensiones de la demanda, ii) declaró terminado el proceso de la referencia, iii) condenó en costas a la activa, iv) ordenó el desglose y posterior entrega a la parte demandante de los documentos aportados como base la acción. En oportunidad, la secretaría controlará los traslados de que trata el artículo 12 de la Ley 2213 de 2022 para que la apelante sustente su alzada y su contraparte eventualmente la descorra, luego de lo cual el asunto ingresará al despacho para resolver lo pertinente.
So pena de los efectos procesales correspondientes, la sustentación de la alzada admitida versará, únicamente, sobre los reparos concretos que se presentaron contra el fallo de primer grado, conforme lo regula el precepto en cita y la jurisprudencia (CSJ. SC31482021 y STC12927-2022). Las partes harán llegar sus respectivos escritos al correo electrónico de la secretaría: secsctribsupbta2@cendoj.ramajudicial.gov.co
NOTIFÍQUESE El magistrado, MANUEL ALFONSO ZAMUDIO MORA (firma electrónica) Firmado Por: Manuel Alfonso Zamudio Mora Magistrado Sala 005 Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 97b3a60d02d3d45aca0d39453d25efd1332065d59e20f0e69b7bf832fc24b7d8 Documento generado en 13/06/2024 04:34:30 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica