REFERENCIA: RADICACIÓN: DEMANDANTE: DEMANDADO: PROCESO ORDINARIO LABORAL 05001 31 05 018 2021 00200 01 MARÍA CAMILA PABÓN BETANCUR Y MARÍA ORALIA BETANCUR en nombre propio y en representación de ANA MARÍA PABÓN BETANCUR ADMINISTRADORA COLOMBIANA DE PENSIONES COLPENSIONES Y ADMINISTRADORA DE FONDOS DE PENSIONES Y CESANTÍAS PROTECCIÓN SA LITISCONSORTE NECESARIO SEVERO BOADA PALENCIA POR PASIVA: Medellín, nueve (9) de septiembre de dos mil veinticuatro (2024).
AUTO Verificadas las actuaciones que anteceden, conforme lo establece el art. 82 del CPTSS, se dispone ADMITIR el(os) recurso(s) de apelación interpuesto(s) contra la sentencia proferida el 26 de agosto de 2024 por el Juzgado 18 Laboral del Circuito de Medellín. De otro lado, conforme con el art. 13 de la Ley 2213 de 2022, una vez ejecutoriada dicha decisión, se ordena, en forma inmediata CORRER TRASLADO a las partes por el término de cinco (5) días a cada una, iniciando por el(os) apelante(s) de manera conjunta y siguiendo por las demás partes, a fin de que presenten sus alegaciones por escrito, mismas que deberán ser remitidas exclusivamente al correo electrónico: seclabmed@cendoj.ramajudicial.gov.co Por secretaría regresen las diligencias al despacho una vez surtidos los traslados respectivos, con el objeto de emitir la decisión de segunda instancia por escrito.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, LUZ PATRICIA QUINTERO CALLE Magistrada (*) Hipervínculo de consulta de expediente digitalizado: https://etbcsjmy.sharepoint.com/:f:/g/personal/des17sltsmed_cendoj_ramajudicial_gov_co/EjpnJaHaLQRP mv0Nt7kVtRsBkkTyWs4VkrQQnFSb5yDLaw?e=EdLPyn Firmado Por: Luz Patricia Quintero Calle Magistrada Sala 017 Laboral Tribunal Superior De Medellin - Antioquia Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: b399a1cf91fc1c7dbd5bbfd86aa537f1dcc5b6c8e207abb529b3540017615bcd Documento generado en 09/09/2024 10:02:36 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica