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auto — Tribunal Superior de Ibagué

Radicado: Auto 2024-00172-01

Sala: SALA LABORAL

Radicado: 73001-31-05-005-2024-00172-01 República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué Sala Laboral Magistrada ponente Referencia Clase de Decisión Tipo de proceso Demandante Demandado Radicación Despacho de origen Temas y Subtemas Decisión MÓNICA JIMENA REYES MARTÍNEZ Apelación de Auto Auto ordinario Diana Marcela Villegas García Oriana Aristizabal Jaramillo y otros 73001-31-05-005-2024-00172-01 Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Ibagué Tolima Admisión recurso y corre traslado para alegar Admite recurso y corre traslado para alegar de conclusión. Ibagué Tolima, Veintiuno (21) de mayo del dos mil veinticinco (2025) De conformidad con el artículo 65 del CPT y de la SS, es procedente admitir el recurso de apelación interpuesto por la demandada, contra el auto proferido en audiencia del trece (13) de mayo del dos mil veinticinco (2025) por el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Ibagué Tolima, por medio del cual se declaró no probada la excepción previa de inepta demanda por falta de los requisitos formales o por indebida acumulación de pretensiones formulada en el escrito de contestación. Por otro lado, de conformidad con lo previsto en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022, se dispone correr traslado a las partes por el término de cinco (5) días para presentar alegatos de conclusión por escrito.

Los escritos de alegaciones deben remitirse al correo electrónico de la Secretaría de la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Ibagué, ssltribsupiba@cendoj.ramajudicial.gov.co; el mensaje de remisión deberá indicar como asunto “Alegatos de conclusión”, señalando además el radicado del proceso, nombre de la demandada y Magistrado Ponente.

Los alegatos deberán remitirse en archivo PDF de tamaño mínimo para compartir en Línea. Conforme lo establecido en precedencia, esta Sala Unitaria, Radicado: 73001-31-05-005-2024-00172-01 RESUELVE:

PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación presentado por la demandada contra la providencia del trece (13) de mayo del año dos mil veinticinco (2025), proferida por el Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Ibagué Tolima.

SEGUNDO: CORRER traslado a las partes por el término de cinco (5) días para presentar sus alegatos de conclusión. Los escritos deben acatar las instrucciones de remisión señaladas en la parte motiva de la decisión. Notifíquese y cúmplase, MONICA JIMENA REYES MARTINEZ Magistrada Firmado Por: Monica Jimena Reyes Martinez Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 2 Laboral Tribunal Superior De Ibague - Tolima Radicado: 73001-31-05-005-2024-00172-01 Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: a82b2e44edcec2f12e89525fea0f3ba2a47e063a4ab4d4768493a686f71f9d00 Documento generado en 21/05/2025 08:13:26 AM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica