TRIBUNAL SUPERIOR DISTRITO JUDICIAL BUCARAMANGA Despacho 05 Sala Laboral ELVIA MARINA ACEVEDO GONZÁLEZ Magistrada Bucaramanga, seis (06) de febrero de dos mil veintiséis (2026) 1. Juan Carlos Suárez, afirma que se encuentra privado de la libertad en el establecimiento de alta y mediana seguridad de Girón. Sustenta la petición, en que fue privado injustamente de la libertad por el INPEC, y que presentó solicitud de libertad condicional (no señaló a cuál autoridad). 2.Como quiera que la solicitud elevada fue repartida a esta célula judicial, se DISPONE:
PRIMERO: AVOCAR el conocimiento de la presente acción de Habeas Corpus, impetrada por Juan Carlos Suárez, en nombre propio.
SEGUNDO: OFICIAR al Centro de Servicios Administrativo del Sistema Penal Acusatorio de Bucaramanga, para que de manera INMEDIATA se sirva INFORMAR a este Despacho todo lo relacionado con los hechos y pretensiones que se relacionan en la acción de Habeas Corpus incoada por el accionante. Radicado Interno: 2025-0038 En especial, si el señor Juan Carlos Suárez presentó, por él mismo o por interpuesta persona, solicitud de libertad condicional.
Y, en caso afirmativo, cuál fue el operador judicial a quien se le repartió la solicitud, y el resultado de la petición.
TERCERO: OFICIAR al Director del establecimiento Cárcel y Penitenciaria de Media Seguridad de Girón, para que, en el TÉRMINO DE TRES HORAS, informe a este Despacho, si Juan Carlos Suárez, identificado con cédula de ciudadanía 94.540.265 T.P. 11.446, se encuentra en ese centro carcelario, desde qué fecha, cuál es la conducta punible por la que se le acusa, el radicado único del expediente y, qué autoridades han dispuesto su encarcelamiento.
De ser positiva su respuesta, INFORMAR y REMITIR todo lo relacionado con el mismo.
CUARTO: ADELANTAR todas las averiguaciones que el caso aconseje, utilizando el medio más expedito, dado el poco tiempo hábil con el que se cuenta para resolver.
SEXTO: Atendiendo la naturaleza urgente del trámite y a la posibilidad de verificar lo ocurrido con el actor en el respectivo expediente judicial, PRESCINDIR de su entrevista, según lo establecido en el artículo 5º, inciso final, de la Ley 1095 de 2006.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE ELVIA MARINA ACEVEDO GONZÁLEZ Firmado Por: Radicado Interno: 2025-0038 Elvia Marina Acevedo Gonzalez Magistrada Sala 05 Laboral Tribunal Superior De Bucaramanga - Santander Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 374de9e9b2b7469b7f3bcd296f819626b3e34806b894cec6829094ae25d6c7ac Documento generado en 06/02/2026 12:02:04 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica