Declarativo Demandante: Eliecer Alfonso García Demandada: Yamith Suárez Rodríguez Rad. 11001310302620180050502 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL HENEY VELÁSQUEZ ORTIZ Magistrada Bogotá D.C., catorce (14) de marzo de dos mil veinticinco (2025) Atendiendo a que en el examen preliminar de que trata el artículo 325 del Código General del Proceso, se advirtió que se encuentra pendiente por resolver una solicitud radicada por el extremo demandado (pérdida de competencia) antes de que se remitieran las diligencias por el despacho de origen y, también se evidenció que el recurso de apelación formulado contra la sentencia del 12 de diciembre de 2023 fue concedido en el efecto devolutivo, caso en el que “no se suspenderá el cumplimiento de la providencia apelada, ni el curso del proceso”, se le ordena al juzgador de primer grado que disponga de forma inmediata el trámite a que haya lugar sobre ese particular, para lo cual, se ordena a la Secretaría del Tribunal poner en conocimiento del A-quo la presente decisión. Despejado lo anterior, en el efecto devolutivo se admite la alzada planteada contra la sentencia proferida por el Juzgado Veintiséis (26) Civil del Circuito de la ciudad.
Contabilícense los términos de que trata el inciso 3° del artículo 12 de la Ley 2213 de 2022. Adviértase a las partes lo dispuesto en el parágrafo del precepto 9° de esta misma Ley. Regresen las diligencias al despacho en oportunidad. Notifíquese y Cúmplase, HENEY VELÁSQUEZ ORTIZ Magistrada Firmado Por: Heney Velasquez Ortiz Magistrada Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 7b585e3af3ef074a943a04fe47059f41672f8abde1d4833cb873d198c938ed71 Documento generado en 14/03/2025 04:08:17 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica