Micelio

auto — Tribunal Superior de Medellín

Radicado: 05001 31 03 005 2021 00449 01 AdmiteApelacion

Sala: SALA CIVIL

TRIBUNAL SUPERIOR SALA SEGUNDA DE DECISIÓN CIVIL Medellín, dos de septiembre de dos mil veinticuatro En el efecto SUSPENSIVO, se admite el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia proferida por el JUZGADO QUINTO CIVIL DEL CIRCUITO DE ORALIDAD DE MEDELLÍN, en el proceso verbal de impugnación de actos de asamblea, instaurado por CARLOS EDUARDO NARANJO FLÓREZ, contra la UNIVERSIDAD DE MEDELLÍN. Se corre traslado al recurrente por el término de cinco (5) días, para que sustente el recurso de apelación, únicamente sobre los reparos que oportunamente formuló contra la sentencia de primer grado y que son objeto del recurso de apelación, con la advertencia que, el término concedido comenzará a correr a partir de la ejecutoria de esta providencia. Vencido el traslado, en cuanto fuere menester, por la Secretaría se correrá traslado por igual término a la contraparte para que se pronuncie.

NOTIFÍQUESE LUIS ENRIQUE GIL MARÍN MAGISTRADO A.S. No. 147 Rdo: 05001-31-03-005-2021-00449-01