Micelio

auto — Tribunal Superior de Buga

Radicado: 13 I389-Admite2019-00032

Sala: SALA LABORAL

TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUGA SALA DE DECISIÓN LABORAL Auto Interlocutorio N° 389 Radicación No. 76-520-31-05-002-2019-00032-03 Guadalajara de Buga, nueve (09) de octubre de dos mil veinticuatro (2024). Verificado el examen preliminar del asunto, SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte ejecutada contra el auto interlocutorio N° 1396 del 23 de agosto de 2024, mediante el cual negó solicitud de reducción de medidas cautelares y desembargos; providencia proferida por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Palmira – (V.), dentro del Proceso Ejecutivo a continuación del proceso Ordinario Laboral promovido por JULIETA BIANCHA ROJAS contra INSTITUCIÓN CASA DEL NIÑO POBRE.

Providencia susceptible del recurso de apelación de conformidad con lo previsto en el numeral 7 del archivo del artículo 65 del CPT y de la SS. Córrase traslado a las partes para alegar por escrito por el término de cinco (5) días. Notifíquese en estado GLORIA PATRICIA RUANO BOLAÑOS Magistrada Firmado Por: Gloria Patricia Ruano Bolaños Magistrado Tribunal O Consejo Seccional Sala 002 Laboral Tribunal Superior De Buga - Valle Del Cauca Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 363abadd684bb5aedca836ca05b9324ff4a92436b9dde9d1ebded344f55c440a Documento generado en 09/10/2024 02:18:57 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica