SIGCMA Rama Judicial del Poder Público Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Secretaria de la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Barranquilla OFICIO No.1538 Barranquilla, 23 de abril del 2026. Dr. JOSE LUIS FREAY LOPEZ, Sr. OSVALDO ENRIQUE OSORIO TEJADA Osvaldosorio1234@gmail.com luifreay@hotmail.com REF.: ACCION DE TUTELA DE 1ª INSTANCIA. ACCIONANTE: OSVALDO ENRIQUE OSORIO TEJADA.
ACCIONADO: Dra. KATIA MARGARITA REDONDO RUIZ, JUEZ SEGUNDA DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA.. M. P.: DRA. CARMIÑA ELENA GONZALEZ ORTIZ. RADICACIÓN: T-08001221300020260032700. Por medio del presente NOTIFICO a usted la providencia de fecha 23 de abril del 2026, proferida por este Tribunal Superior en Sala Unitaria Civil-Familia, mediante la cual se resolvió: ADMITASE la presente ACCIÓN DE TUTELA impetrada por el señor OSVALDO ENRIQUE OSORIO TEJADA a través de apoderado judicial, contra la Dra. KATIA MARGARITA REDONDO RUIZ, JUEZ SEGUNDA DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, por la presunta vulneración a los derechos fundamentales al Debido Proceso, a la Defensa, Propiedad Privada y Vivienda Digna.
SOLICITESE a la accionada para que en el término de dos (02) días, se pronuncie acerca de los hechos materia de esta acción, para lo cual se entregará copia de la misma. Así mismo, se le solicita remitir el link del expediente del proceso Ejecutivo Hipotecario, identificado con el radicado 08-00131-53-004-2018-00100-00 interpuesto por el señor DAVID CASTILLO PALOMINO contra CARLOS JAVIER OSORIO TEJADA Y HEREDEROS INDETERMINADOS DEL SEÑOR CARLOS AGUSTIN OSORIO MATAMOROS al correo: seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co.
VINCULESE a los señores DAVID CASTILLO PALOMINO y CARLOS JAVIER OSORIO TEJADA, en calidad de demandante y demandado respectivamente dentro del proceso a que se contrae la presente acción de tutela para que se pronuncien acerca de los hechos materia de la presente acción. En tal sentido se les remitirá copia de la demanda de tutela y sus anexos a los citados.
REQUIÉRASE al Accionante y a los Accionados para que, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación de la presente providencia, alleguen al correo arriba indicado, datos de dirección y correo electrónico de las partes procesales que integran el trámite judicial. PUBLICAR AVISO junto con el presente proveído, para el enteramiento a los HEREDEROS INDETERMINADOS DEL SEÑOR CARLOS AGUSTIN OSORIO MATAMOROS y terceros interesados, en el micrositio asignado para la Secretaría de la Sala Civil – Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, a fin de informar el inicio de esta acción de tutela a las personas que pudieran resultar involucradas en sus resultas.
NIÉGUESE la medida provisional solicitada al interior del libelo constitucional por no reunir los requisitos del artículo 7° del Decreto 2591 de 1991.
NOTIFÍQUESE a las partes en la forma más expedita lo anterior en cumplimiento Del ACUERDO PCSJA20-11517 del 15 de marzo de 2020, se dispone que las comunicaciones correspondientes, se realicen por medio del correo electrónico de la Secretaría de la Sala seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co. Atentamente; WILLIAM ESTEBAN PACHECO BARRAGAN P/Secretario.
Correo electrónico: seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Carrera 45 No.44 -12 Tel. 3402173 Fax. 3402512 Barranquilla - Atlántico SIGCMA Rama Judicial del Poder Público Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Secretaria de la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Barranquilla OFICIO No.1539 Barranquilla, 23 de abril del 2026.
DRA. KATIA MARGARITA REDONDO RUIZ, JUEZ SEGUNDA DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA. j02ejeccba@cendoj.ramajudicial.gov.co REF.: ACCION DE TUTELA DE 1ª INSTANCIA. ACCIONANTE: OSVALDO ENRIQUE OSORIO TEJADA. ACCIONADO: Dra. KATIA MARGARITA REDONDO RUIZ, JUEZ SEGUNDA DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA.. M. P.: DRA. CARMIÑA ELENA GONZALEZ ORTIZ.
RADICACIÓN: T-08001221300020260032700. Por medio del presente NOTIFICO a usted la providencia de fecha 23 de abril del 2026, proferida por este Tribunal Superior en Sala Unitaria Civil-Familia, mediante la cual se resolvió: ADMITASE la presente ACCIÓN DE TUTELA impetrada por el señor OSVALDO ENRIQUE OSORIO TEJADA a través de apoderado judicial, contra la Dra. KATIA MARGARITA REDONDO RUIZ, JUEZ SEGUNDA DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, por la presunta vulneración a los derechos fundamentales al Debido Proceso, a la Defensa, Propiedad Privada y Vivienda Digna.
SOLICITESE a la accionada para que en el término de dos (02) días, se pronuncie acerca de los hechos materia de esta acción, para lo cual se entregará copia de la misma. Así mismo, se le solicita remitir el link del expediente del proceso Ejecutivo Hipotecario, identificado con el radicado 08-00131-53-004-2018-00100-00 interpuesto por el señor DAVID CASTILLO PALOMINO contra CARLOS JAVIER OSORIO TEJADA Y HEREDEROS INDETERMINADOS DEL SEÑOR CARLOS AGUSTIN OSORIO MATAMOROS al correo: seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co.
VINCULESE a los señores DAVID CASTILLO PALOMINO y CARLOS JAVIER OSORIO TEJADA, en calidad de demandante y demandado respectivamente dentro del proceso a que se contrae la presente acción de tutela para que se pronuncien acerca de los hechos materia de la presente acción. En tal sentido se les remitirá copia de la demanda de tutela y sus anexos a los citados.
REQUIÉRASE al Accionante y a los Accionados para que, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación de la presente providencia, alleguen al correo arriba indicado, datos de dirección y correo electrónico de las partes procesales que integran el trámite judicial. PUBLICAR AVISO junto con el presente proveído, para el enteramiento a los HEREDEROS INDETERMINADOS DEL SEÑOR CARLOS AGUSTIN OSORIO MATAMOROS y terceros interesados, en el micrositio asignado para la Secretaría de la Sala Civil – Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, a fin de informar el inicio de esta acción de tutela a las personas que pudieran resultar involucradas en sus resultas.
NIÉGUESE la medida provisional solicitada al interior del libelo constitucional por no reunir los requisitos del artículo 7° del Decreto 2591 de 1991.
NOTIFÍQUESE a las partes en la forma más expedita lo anterior en cumplimiento Del ACUERDO PCSJA20-11517 del 15 de marzo de 2020, se dispone que las comunicaciones correspondientes, se realicen por medio del correo electrónico de la Secretaría de la Sala seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co. Atentamente; WILLIAM ESTEBAN PACHECO BARRAGAN P/Secretario.
Correo electrónico: seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Carrera 45 No.44 -12 Tel. 3402173 Fax. 3402512 Barranquilla - Atlántico SIGCMA Rama Judicial del Poder Público Consejo Seccional de la Judicatura del Atlántico Secretaria de la Sala Civil-Familia del Tribunal Superior de Barranquilla AVISO (PUBLICADO EN EL MICROSITIO DE LA PÀGINA WEB DE LA SECRETARIA DE LA SALA CIVIL-FAMILIA, DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BARRARANQUILLA) EL SUSCRITO SECRETARIO DE LA SALA CIVL- FAMILIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA.
Notifica: los HEREDEROS INDETERMINADOS DEL SEÑOR CARLOS AGUSTIN OSORIO MATAMOROS y terceros interesados, y a quienes tengan interés en la acción de tutela de primera instancia radicada bajo el No T- 08001221300020260032700, donde aparece como Accionante el señor TRINIDAD OSVALDO ENRIQUE OSORIO TEJADA, y como Accionada la Dra. KATIA MARGARITA REDONDO RUIZ, JUEZ SEGUNDA DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, la providencia del 23 de abril del 2026, proferida por este Tribunal Superior en Sala Unitaria Civil-Familia, mediante la cual se dispuso: ADMITASE la presente ACCIÓN DE TUTELA impetrada por el señor OSVALDO ENRIQUE OSORIO TEJADA a través de apoderado judicial, contra la Dra. KATIA MARGARITA REDONDO RUIZ, JUEZ SEGUNDA DE EJECUCIÓN CIVIL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, por la presunta vulneración a los derechos fundamentales al Debido Proceso, a la Defensa, Propiedad Privada y Vivienda Digna.
SOLICITESE a la accionada para que en el término de dos (02) días, se pronuncie acerca de los hechos materia de esta acción, para lo cual se entregará copia de la misma. Así mismo, se le solicita remitir el link del expediente del proceso Ejecutivo Hipotecario, identificado con el radicado 08-00131-53-004-2018-00100-00 interpuesto por el señor DAVID CASTILLO PALOMINO contra CARLOS JAVIER OSORIO TEJADA Y HEREDEROS INDETERMINADOS DEL SEÑOR CARLOS AGUSTIN OSORIO MATAMOROS al correo: seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co.
VINCULESE a los señores DAVID CASTILLO PALOMINO y CARLOS JAVIER OSORIO TEJADA, en calidad de demandante y demandado respectivamente dentro del proceso a que se contrae la presente acción de tutela para que se pronuncien acerca de los hechos materia de la presente acción. En tal sentido se les remitirá copia de la demanda de tutela y sus anexos a los citados.
REQUIÉRASE al Accionante y a los Accionados para que, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la notificación de la presente providencia, alleguen al correo arriba indicado, datos de dirección y correo electrónico de las partes procesales que integran el trámite judicial. PUBLICAR AVISO junto con el presente proveído, para el enteramiento a los HEREDEROS INDETERMINADOS DEL SEÑOR CARLOS AGUSTIN OSORIO MATAMOROS y terceros interesados, en el micrositio asignado para la Secretaría de la Sala Civil – Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, a fin de informar el inicio de esta acción de tutela a las personas que pudieran resultar involucradas en sus resultas.
NIÉGUESE la medida provisional solicitada al interior del libelo constitucional por no reunir los requisitos del artículo 7° del Decreto 2591 de 1991.
NOTIFÍQUESE a las partes en la forma más expedita lo anterior en cumplimiento Del ACUERDO PCSJA20-11517 del 15 de marzo de 2020, se dispone que las comunicaciones correspondientes, se realicen por medio del correo electrónico de la Secretaría de la Sala seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co. WILLIAM ESTEBAN PACHECO BARRAGAN. SECRETARÍA-SALA CIVIL FAMILIA-TRIBUNAL SUPERIOR DE BARRANQUILLAABRIL 23 DEL 2026.
Correo electrónico: seccfbqlla@cendoj.ramajudicial.gov.co Carrera 45 No.44 -12 Tel. 3402173 Fax. 3402512 Barranquilla - Atlántico