República de Colombia Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Valledupar Sala Cuarta de Decisión Civil – Familia – Laboral HERNAN MAURICIO OLIVEROS MOTTA Magistrado Sustanciador REFERENCIA: RADICACIÓN: DEMANDANTE: DEMANDADO: ASUNTO: PROCESO ORDINARIO LABORAL 200013105 003 2013 00345 02 JADER ENRIQUE ESQUEA DÍAZ COLOMBIA TELECOMUNICACIONES S.A. ESP Y EFICACIA S.A. ADMITE APELACIÓN Y CORRE TRASLADO PARA ALEGAR Valledupar, cuatro (4) de febrero dos mil veinticinco (2025).
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 2213 de 20221 y previo a proferir la decisión que en derecho corresponda, el TRIBUNAL SUPERIOR DE VALLEDUPAR - SALA CIVIL-FAMILIA-LABORAL RESUELVE:
PRIMERO: Agotado el examen preliminar del expediente, en los términos del artículo 82 del CPTSS, modificado por el artículo 13 de la Ley 1149 de 2007, SE ADMITEN LOS RECURSOS DE APELACIÓN propuestos por las partes contra la sentencia de 19 de octubre de 2022, proferida por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Valledupar. Una vez ejecutoriada la presente decisión, se ordena:
SEGUNDO: CORRER TRASLADO COMÚN a las partes, para que dentro del término de cinco (5) días siguientes a la notificación por estado de este auto, aleguen de conclusión por escrito, si a bien lo tienen. Por medio de la cual se establece la vigencia permanente del Decreto Legislativo 806 de 2020 (…)”. 1 TERCERO: Vencido el término anterior, regresen las diligencias al Despacho para proceder a dictar sentencia, de cuya notificación las partes deberán estar pendiente.
CUARTO: A efectos de dar cumplimiento a lo ordenado en el presente auto se ordena a los apoderados judiciales remitir si a bien lo tienen su escrito de alegaciones únicamente al correo electrónico secscftsvpar@cendoj.ramajudicial.gov.co QUINTO: Reconocer personería para actuar como apoderada de la parte demandada Colombia Telecomunicaciones S.A. ESP BIC a la abogada María Teresa González Soledad, identificada con cédula de ciudadanía No. 40.043.858 y portadora de la tarjeta profesional N° 140.963 expedida por el Consejo Superior de la Judicatura, en virtud de la escritura pública No. 41 del 9 de enero de 2020.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. HERNAN MAURICIO OLIVEROS MOTTA Magistrado Ordinario laboral N°. 200013105 003 2013 00345 02 2