Declarativo Demandante: Nancy Stella Vera Ángulo Demandado: Banco Popular S.A. Rad. 11001319900320230140801 REPÚBLICA DE COLOMBIA RAMA JUDICIAL DEL PODER PÚBLICO TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ SALA CIVIL Bogotá D.C., dieciséis (16) de agosto de dos mil veinticuatro (2024) Como no obstante de que en el auto anterior se ejerció el control de legalidad de que trata el artículo 132 del Código General del Proceso, para declarar inadmisible el recurso elevado por la actora, el mismo salió con orden de “cúmplase”, esta funcionaria se permite aclarar que el proveído debe ser notificado por estado, previo a que sea remitido el expediente a la Oficina Judicial de Reparto para la asignación a los Jueces Civiles del Circuito.
Notifíquese y Cúmplase, HENEY VELÁSQUEZ ORTIZ Magistrada Firmado Por: Heney Velasquez Ortiz Magistrada Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 756d907f50436154b9de40a5efc44b7dcfc73e03187fe1e3654855b60afa2715 Documento generado en 16/08/2024 09:52:48 a. m. Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica