República de Colombia Rama Judicial del Poder Público Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C. Sala Civil de Decisión Magistrada Sustanciadora SANDRA CECILIA RODRÍGUEZ ESLAVA Veintidós (22) de mayo de dos mil veintiséis (2026) 018 2022 00255 01 NIÉGASE por improcedente el recurso de reposición interpuesto por la parte demandada, pues de conformidad con lo dispuesto en el inciso segundo del articulo 318 del Código General del Proceso, que dispone: “el recurso de reposición no procede contra los autos que resuelven un recurso de apelación”.
NOTIFÍQUESE, SANDRA CECILIA RODRÍGUEZ ESLAVA Magistrada Firmado Por: Sandra Cecilia Rodriguez Eslava Magistrada Sala Civil Tribunal Superior De Bogotá, D.C. - Bogotá D.C., Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12 Código de verificación: 90e8d42ed3c3968e14712e4fb957ebdf71a0610fa9f1e608b7f81510c012ff9f Documento generado en 22/05/2026 12:48:27 PM Descargue el archivo y valide éste documento electrónico en la siguiente URL: https://firmaelectronica.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica 018 2022 00255 01